Muchas personas en España tienen o han tenido en algún momento de su vida un contrato de sustitución. Pero, en ocasiones, puede no estar claro qué condiciones se le aplican, incluyendo el derecho a indemnización. ¡En este artículo resolvemos todas estas dudas!
¿Qué es un contrato de sustitución?
Un contrato de sustitución es un tipo de contrato temporal por el cual la persona firmante acuerda realizar un trabajo durante un tiempo determinado hasta que la persona trabajadora que suele desempeñar ese mismo puesto de trabajo se reincorpore. Es decir, este tipo de contrato sirve para sustituir a personas trabajadoras con reserva de puesto de trabajo.
El contrato de sustitución debe incluir claramente el nombre la persona sustituida, así como la causa que provoca la necesidad de sustitución. Dicha sustitución puede no ser completa, sino a media jornada para completar la jornada reducida de otra persona trabajadora. Eso sí, la causa por la que la que se concede la jornada reducida tiene que estar recogida entre las causas legales o reguladas en el convenio colectivo.
También se podrá hacer un contrato de sustitución en aquellos casos donde se necesite cubrir una vacante de manera temporal debido a una promoción o proceso de selección que todavía no ha concluido
¿Cuánto dura el contrato de sustitución?
El contrato de sustitución tendrá la misma duración que la ausencia de la persona con derecho reserva de puesto de trabajo o que la jornada reducida que se esté completando.
En caso de los procesos de promoción y selección, el plazo máximo del contrato de sustitución será de 3 meses, a menos que en el convenio colectivo se especifique otro plazo, generalmente inferior. Además, según establece la nueva reforma laboral, una vez finalizado este contrato, no será posible realizar otro contrato con el mismo objeto.
¿Cuándo se puede realizar un contrato de sustitución?
El contrato de sustitución se podrá realizar hasta 15 días antes de que se inicie, de facto, la sustitución. La razón para ello es que la nueva incorporación pueda familiarizarse con el puesto de trabajo que va a desempeñar y tener los conocimientos necesarios como para hacerlo de manera efectiva.
¿Cuándo se extingue un contrato de sustitución?
Tal y como establece la ley, el contrato de sustitución se extinguirá por alguna de las siguientes causas:
- Mutuo acuerdo de las partes
- Causas consignadas válidamente en el contrato
- Expiración del tiempo convenido
- Dimisión del trabajador
- Muerte, invalidez o incapacidad
- Jubilación del trabajador
- Por causas de fuerza mayor
- Despido colectivo fundado en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
- Por voluntad del trabajador ante incumplimiento contractual del empresario.
- Por despido.
- Por causas objetivas legalmente procedentes.
- Por ser mujer víctima de violencia de género.
¿Voy a recibir indemnización cuando se termine el contrato de sustitución?
No. Tal y como se establece en la letra c) del artículo 49.1 del Estatuto de los Trabajadores, los contratos de duración determinada por causa de sustitución, así como los contratos formativos, no estarán sujetos a indemnización por finalización del contrato.
Mientras que en el resto de los contratos laborales la persona trabajadora tiene derecho a una indemnización cuya cuantía será equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de abonar 12 días de salario por año trabajado o según establezca el convenio, esto no sucede con los contratos de sustitución.
Tal y como te hemos contado, los contratos de sustitución están sujetos a unas condiciones específicas que no aplican a la mayoría de las modalidades de contratos, incluyendo la falta de indemnización a término del contrato. En onLygal queremos ayudarte y, por eso, ponemos a tu disposición a nuestros abogados especialistas en temas laborales. ¡Contacta ya con nosotros!