Los poderes preventivos son aquellos que una persona otorga a otra para que, en el caso de llegar a la vejez con las facultades mentales mermadas, esta pueda actuar en su nombre. En este artículo te contamos todo lo que necesita saber sobre cómo otorgar poderes preventivos.
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¿Qué son los poderes preventivos?
Los poderes preventivos se incluyen dentro de lo que la nueva ley 8/2021, de 2 de junio, denomina “medidas voluntarias”, es decir, aquellas medidas que una persona puede decidir tomar con total libertad teniendo en cuenta una posible discapacidad futura.
Mediante el establecimiento de las medidas voluntarias de apoyo, la persona solicitante podrá designar quién debe brindarle apoyo en caso de discapacidad y cuáles son los límites de actuación y decisión del ayudante.
¿Qué tipos de poderes preventivos existen?
Existen dos formas de otorgar los poderes preventivos en función de las decisiones que tome el interesado.
Poder preventivo estricto
El poder es otorgado a la persona que el otorgante decida, y dicha persona podrá proceder en representación del otorgante cuando éste se encuentre en estado de incapacidad.
Poder con subsistencia de efectos
La persona designada puede proceder en favor del otorgante cuando este lo decida, sin necesidad de que se le acredite una incapacidad.
¿Qué ventajas tiene otorgar poderes preventivos?
Qué ventajas tiene otorgar poderes preventivos?
La ventaja principal de otorgar poderes preventivos es la tranquilidad de saber que, llegado el momento de la incapacidad del otorgante, la persona indicada anteriormente podrá gestionar su patrimonio o sus intereses personales sin necesidad de iniciar un procedimiento judicial.
El poder que se le otorga a la persona designada para actuar en nombre el otorgante tiene el siguiente alcance:
En cuanto a su persona
El interesado deberá dejar reflejado qué acciones y decisiones han de ser tomadas cuando esté incapacitado. En otras palabras, ha de determinar cómo se ha de obrar en ciertas circunstancias. Por ejemplo, declarar si desea o no recibir atención médica y, en caso afirmativo, qué atenciones desea recibir, cómo deben ser sus cuidados y cuál va a ser su lugar de residencia habitual.
En cuanto a su patrimonio
El interesado debe indicar de qué manera quiere que se gestionen tanto sus bienes materiales como sus finanzas.
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¿Dónde y quién puede otorgar poderes preventivos?
¿Dónde y quién puede otorgar poderes preventivos?
Cualquier persona que desee otorgar poderes preventivos puede hacerlo, solamente tiene que cumplir los siguientes requisitos:
- Haber cumplido la mayoría de edad
- Hacerlo siempre de libre voluntad
Este poder se otorgará ante Notario, y únicamente es necesario que asistan al acto el otorgante (provisto de documento de identidad) y el Notario.
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¿Cómo se realizan los poderes preventivos?
El interesado deberá expresar su voluntad ante un Notario, ya sea oralmente o por escrito. Puede llevar un documento ya preparado previamente, siempre y cuando haya sido supervisado por un abogado especializado en este tema.
El Notario deberá redactar el documento teniendo siempre en cuenta el día, la hora, el mes, el lugar y el año. Esto es importante porque, si decidimos modificar dicho documento, estas nuevas modificaciones serán fechadas de nuevo. En caso de que surjan dudas en un futuro, el documento más reciente será el que prevalezca
Una vez el otorgante manifieste su conformidad y firme el documento, se procederá a la inscripción del mismo en el Registro Civil.
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¿Puedo modificar el documento si cambio de opinión?
Sí. Para ello, el interesado debe conservar su capacidad de obrar. Una vez comprobado esto, debe volver a realizar el mismo proceso que se siguió en un primer momento.
Esta decisión puede ser conveniente si en un futuro queremos tener la tranquilidad de que alguien pueda responder legalmente por nosotros si llegamos a necesitarlo, sin la necesidad de la mediación de un juez. Si necesitas iniciar un proceso de este tipo, onLygal puede ayudarte a resolver tus dudas y asesorarte como necesitas gracias a sus seguros de protección legal senior.