Notas de prensa

Lucrarse con la piratería digital está penado con hasta 6 años de cárcel

11/04/2019

Lucrarse con la piratería digital está penado con hasta 6 años de cárcel

546 millones: este es el perjuicio económico que los responsables de la web de descargas ilegales seriesyonkis.com habrían causado a las productoras de cine por presuntos delitos contra la propiedad intelectual, según la Entidad de Gestión de los Derechos de los Productores. En la primera sesión del juicio más importante de España en materia de descargas y propiedad intelectual que ha empezado esta semana, los creadores apuntaron a los usuarios como los responsables de mantener actualizada la plataforma con la inserción de enlaces externos que guiaban hacia el contenido ilegal.

Pero, ¿qué responsabilidad tiene el usuario que enlaza en este tipo de plataformas obras protegidas por los derechos de autor? El Real Decreto Legislativo 1/1996 sobre Propiedad Intelectual establece que el ejercicio exclusivo de derechos de explotación de cualquier obra y, en especial, los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación, no podrán ser realizados sin la autorización expresa del autor.

Es por ello que los expertos legales de onLygal Seguros advierten que el usuario que ponga a disposición de terceros contenido protegido sin consentimiento del autor está llevando a cabo una actividad ilícita. Todas las actividades constitutivas de delito contra los derechos de propiedad intelectual se encuentran tipificadas en los artículos 270 y 271 del Código Penal. Concretamente, el artículo 270 establece penas de prisión de 6 meses a 4 años  y multas de 12 a 24 meses para aquellos que reproduzcan, plagien, distribuyan o comuniquen públicamente con la intencionalidad de explotar económicamente una obra sin la autorización del titular correspondiente.

Por su parte, el artículo 271 establece penas de prisión de 2 a 6 años, con multas de 18 a 36 meses, cuando el beneficio económico sea de especial relevancia y también en casos en los cuales la infracción cometida sea trascendente por el beneficio económico obtenido o cuando se hayan vulnerado los derechos de autor de un gran volumen de obras.

Recordamos que el pasado febrero, el Congreso de los Diputados aprobó una nueva reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, con el objetivo de ajustar la normativa española a la directiva 2017/1564 del Parlamento Europeo.

La aprobación de la normativa favorece la lucha contra la piratería, ya que permite el cierre de páginas web que infrinjan la normativa de manera grave y reiterada, sin que se requiere autorización judicial.