Post actualizado en febrero 2023
Cuando sufres un accidente de tráfico y a consecuencia de él tienes lesiones, puedes reclamar una indemnización por accidente de tráfico, lo que ocurre es que muchas veces por querer solucionar las cosas lo antes posible no se presta la debida atención y se acaba por no percibir lo que verdaderamente corresponde.
El baremo establecido en la Ley 35/2015, de 22 de diciembre, establece el sistema que se debe seguir a la hora de valorar los daños y perjuicios que se hayan sufrido a consecuencia de un accidente de tráfico. Teniendo en cuenta factores como la edad de la víctima, el número de días que haya estado de baja por la lesión o la presencia de secuelas.
¿Quién puede reclamar una indemnización por lesiones por accidente de tráfico?
La indemnización la puede solicitar cualquier persona que de manera directa o indirecta se haya visto implicada en un accidente de tráfico y haya sufrido lesiones o daños a consecuencia del mismo. Puede ser el conductor del vehículo, el copiloto, un viandante, etc.
Reclamación por la vía penal
En julio de 2015 entró en vigor la reforma del Código Penal y a consecuencia de esta desaparecieron los juicios de faltas por accidente de tráfico.
Esto implicaba que salvo en los casos de imprudencia grave, no se podían realizar reclamaciones a través de un proceso penal, sino de un proceso civil.
No obstante, el pasado día 15 de septiembre de 2022 entró en vigor la Ley Orgánica 11/2022, de 13 de septiembre, de modificación del Código Penal en materia de imprudencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor mediante la que se pretende dar mayor protección a las víctimas de accidente de tráfico.
Esta nueva modificación del Código Penal establece que podrán ir por la vía penal aquellos supuestos en los que el accidente se haya producido como consecuencia de la infracción grave de las normas de tráfico con el resultado de lesiones, tratándose de supuestos de imprudencia menos grave.
Asimismo, se introduce una modificación en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre en la que se establece que cuando se produzca un accidente de tráfico con resultado de lesión o muerte, la autoridad administrativa lo pondrá en conocimiento de la autoridad judicial acompañando la comunicación del oportuno atestado.
Por tanto, en caso de que haya atestado policial, el mismo se habrá remitido a la autoridad judicial y se habrán instruido unas diligencias en el Juzgado de Instrucción donde el lesionado puede comparecer para reclamar tanto la indemnización por lesiones como por los daños materiales que haya sufrido. En dicho procedimiento judicial, las lesiones serán valoradas por el médico forense quién en el momento de estabilización de las mismas emitirá un informe con la valoración definitiva.
En caso de que la conducta del causante no sea constitutiva de delito no se iniciarán actuaciones en el Juzgado de Instrucción y se deberá reclamar por la vía extrajudicial y, en su caso, por la vía civil.
El objetivo último de este proceso civil es que la víctima sea indemnizada por los daños que ha sufrido a consecuencia del accidente. No obstante, antes de acudir a los tribunales se debe intentar la vía extrajudicial.
¿Cómo funciona la vía extrajudicial?
Está vía tiene como objetivo que los seguros de los vehículos puedan resolver sus conflictos de forma más rápida y amistosa, reduciendo a la vez el volumen de trabajo que tienen los Tribunales españoles.
A la hora de reclamar una indemnización por accidente de tráfico lo normal es plantear una reclamación por escrito ante la compañía aseguradora causante.
Si se llega a un acuerdo la aseguradora deberá realizar el pago en los términos convenidos. En caso de que el acuerdo no sea posible, habrá que recurrir a la vía civil.
Reclamar indemnización por accidente de tráfico en la vía civil
Si la conciliación no llega a buen término, como afectado puedes interponer una demanda en vía civil para reclamar la indemnización que te corresponde, el plazo es un año.
Es importante que tengas en cuenta que en este caso pasará más tiempo hasta que percibas la indemnización y existe el riesgo de que se pueda imponer una posible condena en costas. Si la cuantía que reclamas es superior a los 2.000 euros, deberás contar además de con abogado con un procurador, por lo que tendrás que asumir más gastos.
¿Qué plazo tienes para reclamar?
Dispones de 1 año para reclamar tanto por vía penal como civil.
El caso especial de los accidentes con implicación de camiones
Mención aparte merecen los accidentes en los que se ha visto implicado un camión, en estos casos es habitual que puedan surgir dudas sobre a quién corresponde la responsabilidad.
Si has sufrido daños a consecuencia de un accidente en el que ha estado implicado un camión lo primero que hay conocer es el motivo que ha dado lugar al accidente. Puede haber sido por culpa del conductor, por mal estado de la vía, por una mala carga del camión que puede provocar la caída de mercancía a la vía y con ello causar un accidente, etc.
Será el atestado que levante el Cuerpo de Seguridad competente el que determine la causa del accidente, así que habrá que atenerse a lo que diga el mismo.
Si el atestado determina que el accidente ha sido responsabilidad del camionero, entonces la tramitación se hace igual que en cualquier otro accidente. Se elabora un parte amistoso y se reclama a la compañía aseguradora del camión.
¿Qué ocurre si se trata de una tractora con remolque?
Muchos de los camiones que circulan por nuestras carreteras son vehículos mixtos que están formados por una cabeza tractora y un remolque. Puede ocurrir que cada uno de estos elementos tenga un propietario diferente, en cuyo caso estarán asegurados de forma independiente.
Aunque se trata de un tema controvertido, la jurisprudencia del Tribunal Supremo se inclina a pensar que en realidad el vehículo mixto es una unidad articulada en la que el remolque o semirremolque tiene la misma consideración que la carga que va en él. Esto implica que a efectos prácticos no se considerará a la tractora y al remolque como elementos independientes, sino como un todo. De esta forma, las aseguradoras de remolque y tractora deberán responder de los daños que haya causado el camión. En caso que no se quiera realizar un parte amistoso, es importante contactar con los agentes de seguridad para que puedan levantar el atestado correspondiente.
¿Cómo se tramita todo?
En estos casos debes actuar como en cualquier otro accidente de tráfico, si se trata de un asunto en el que se ha realizado atestado policial los hechos son susceptibles de ser delito, se debe acudir a la vía penal, donde se llevarán a cabo el procedimiento judicial y el médico forense valorará las lesiones. De lo contrario, se deberá presentar el parte amistoso ante la Compañía de Seguros para que desde allí se hagan cargo de reclamar la indemnización correspondiente, y el pago de la reparación de los daños que haya sufrido el vehículo. La Compañía de Seguros también será la que se encargue de reclamar el atestado a la autoridad competente.
Si has sufrido lesiones las aseguradoras negociarán y te ofrecerán una determinada cantidad en concepto de indemnización, pero si no estás conforme con ella puedes indicar tu disconformidad, y si no se llega a ningún acuerdo, demandar judicialmente por la vía civil.
En caso de que no estés conforme con la forma en la que tu aseguradora está llevando las negociaciones con la otra parte, puedes contratar a un abogado especializado en accidentes de tráfico para que se encargue de todas las gestiones.