Sí, desheredar a los hijos es posible, pero la mayoría de las veces es difícil cumplir con los requisitos. En este artículo te contamos cuándo y cómo puedes hacerlo. ¡Continúa leyendo!
¿Quiénes son los herederos forzosos o legitimarios?
Antes de ver cómo funcionan las herencias, debemos dejar un concepto claro: quiénes son los herederos forzoso o legitimarios. Son aquellos que heredan de una persona por ley, es decir aquellos que siempre tienen derecho a heredar:
- Los hijos y descendientes (nietos, biznietos, etc.): Serán legitimarios o herederos forzosos los hijos, ya sean descendientes matrimoniales, no matrimoniales o adoptivos.
- Si no tiene descendencia, los herederos serían los padres y ascendientes de la persona fallecida.
- El viudo o viuda en la forma y medida que establece el Código Civil.
Para privar a éstos de su parte de la herencia, habrá que cumplir todos los requisitos que explicaremos a continuación.
¿De qué se compone una herencia?
Para entender por qué no es posible desheredar a los hijos en cualquier situación, también debemos entender cómo funcionan las herencias.
En todas las Comunidades Autónomas donde aplica el Derecho Común, las herencias están compuestas por tres partes principales: la legítima, la mejora (sólo en el caso de haber hijos) y la libre disposición. En el caso de que los herederos forzosos sean los hijos y descendientes, cada parte supone un tercio de la herencia (33% legítima, 33% mejora y 33% libre disposición). Si hablamos de los otros dos tipos de herederos forzosos, los porcentajes varían.
Las características particulares de cada parte son las siguientes:
- Legítima
La parte legítima de la herencia es la que corresponde a los herederos forzosos mencionados anteriormente. Por ley, la legítima deberá repartirse entre dichos herederos forzosos a partes iguales. En el caso de no tener descendencia y ser los padres los herederos, los porcentajes varían.
- Mejora
Hace alusión al tercio de la herencia que se utiliza para incrementar la parte de la herencia legítima de uno o varios de los herederos forzosos. Si en la herencia no se especifica a quién o quiénes va dirigida la mejora, entonces será repartida equitativamente entre los herederos forzosos.
- Libre disposición
Por último, esta parte de la herencia se puede repartir libremente siempre y cuando hablemos de una herencia donde hay hijos, por lo que el testador estará en disposición de elegir a qué persona(s) o entidad(es) decide destinarla.
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Requisitos para desheredar a mis hijos
Con todo, aunque por norma los hijos y herederos forzosos deben heredar la legítima, también existen determinadas causas, expuestas en el Código Civil, por las cuales pueden ser desheredados. Estas causas se dividen en genéricas y específicas. A continuación, veremos estas causas que aplican a las Comunidades Autónomas afectadas por el Derecho Común.
Causas genéricas para desheredar a un heredero forzoso
Las causas genéricas para desheredar a alguien son las siguientes:
- Haber causado lesiones, ejercido la violencia física o psíquica de manera habitual o haber atentado contra la vida del testador, de su pareja, de sus ascendientes o de sus descendientes y haber sido condenado por sentencia firme.
- Haber atentado contra la libertad, la libertad e indemnidad sexual o la integridad moral de alguna de las personas mencionadas en el punto anterior, y haber sido condenado por sentencia firme.
- Obligar con amenazas, violencia o fraude a que el testador realice o modifique su testamento.
- Haber acusado de un delito de pena grave al testador y haber sido condenado por interponer una denuncia falsa.
- Impedir la realización, modificación o revocación del testamento haciendo uso de amenazas, violencia o fraude u otras técnicas de suplantación y alteración.
Causas específicas para desheredar a un heredero forzoso
Las causas específicas contemplan 3 escenarios diferentes para la desheredación en función del tipo de heredero forzoso.
Causas específicas para desheredar a los hijos y demás descendientes
- Haber injuriado gravemente de palabra o haber maltratado al ascendiente del que provendría la legítima.
- Haber negado el alimento sin motivo justificado al ascendiente del que provendría la legítima.
Causas específicas para desheredar al cónyuge
- Haber atentado contra la vida de la persona testadora y no haber alcanzado reconciliación.
- Haber negado alimentos a la pareja o a alguno de sus hijos.
- Haber incumplido de manera reiterada los deberes conyugales.
- Haber perdido la patria potestad por sentencia fundada en el incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o dictada en causa criminal o matrimonial.
Causas específicas para desheredar a los padres y demás ascendientes
- Que uno de los progenitores o ascendientes haya atentado contra la vida del otro y no se hubiera llegado a la reconciliación.
- Haber negado el alimento sin motivo legítimo a alguno de los descendientes,
- Haber perdido la patria potestad por sentencia fundada en el incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o dictada en causa criminal o matrimonial.
¿Cómo desheredo a mis hijos?
Para poder desheredar a los hijos, es preciso realizar los siguientes pasos:
- Asegurarse de que la desheredación de los hijos está fundada en las causas que se han descrito.
- Explicitar en el testamento la declaración de desheredación de los hijos.
- Indicar con total claridad a quién se desea desheredar.
Cualquier otro documento no servirá para desheredar a los descendientes, así como la desheredación se considerará nula si no se cumplen los requisitos expuestos.
Consecuencias de desheredar a mis hijos
Al desheredar a los hijos, estos quedan privados de la legítima, pero, sin embargo, no se podrá desheredar a los nietos, por lo que serán ellos los que recibirán la legítima que no corresponde a su padre o madre.
Asimismo, las donaciones realizadas en vida no se verán afectadas por la desheredación, a menos que la causa de revocación de la donación sea también la causa de la desheredación.
Además, cabe destacar que, en caso de reconciliación entre testador y desheredado, la desheredación quedará sin efecto.
Como ves, desheredar a un hijo es posible, aunque no en cualquier circunstancia. Los requisitos legales son claros, y no será posible revocar la legítima a menos que se cumpla alguno de los supuestos establecidos por la ley. En onLygal contamos con un Seguro de Protección Legal Seniors que busca aportar tranquilidad a las personas mayores y a sus familiares. Gracias a este seguro, tendrás un profesional a tu disposición que ayudará en todo lo que necesites, incluido el testamento. ¿Quieres saber más? ¡Contacta con nosotros!
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