En el caso en que hayas tenido un accidente mientras trabajas o yendo a trabajar o le haya ocurrido a uno de tus trabajadores, debes conocer la forma de cumplimentar un parte de accidente de trabajo para hacerlo correctamente.
El concepto de accidente de trabajo es diferente en el caso de los trabajadores por cuenta ajena y de los que trabajan por cuenta propia (autónomos). En el caso de los trabajadores por cuenta ajena el accidente de trabajo es toda lesión corporal que sufra el trabajador con ocasión o por consecuencia de los trabajos que realice para otra persona. En el concepto de accidente de trabajo se incluyen los accidentes que sufra el trabajador cuando va o vuelve del trabajo, estos son los llamados accidentes in itinere.
En el supuesto de los trabajadores autónomos, el accidente de trabajo es el ocurrido como consecuencia directa e inmediata del trabajo que se realiza por su cuenta. En este caso también se incluye el accidente in itinere.
¿Quién tiene que cumplimentar el parte?
En el caso de los trabajadores por cuenta ajena es el empresario el que tiene la responsabilidad de cumplimentar el parte. En el supuesto de los autónomos son ellos mismos quienes tendrán que rellenarlo.
El envío del parte lo puede realizar la empresa o el autónomo o se puede realizar mediante un representante, una gestoría, por ejemplo.
¿En qué plazo hay que presentar el plazo?
El plazo para cumplimentar el parte de accidente de trabajo es de 5 días hábiles (es decir, no se cuentan sábados, domingos y festivos) desde la fecha del accidente o desde la fecha de la baja médica. Este plazo de 5 días también se aplica cuando el parte es devuelto al empresario debido a la existencia de errores.
¿Cómo se presenta el parte?
La presentación del parte de accidente de trabajo se debe realizar por medios electrónicos. Se debe utilizar el sistema Delt@ salvo en Cataluña y País Vasco que regulan sistemas alternativos. Una vez que se recibe el parte la entidad gestora tiene un plazo de 10 días hábiles para enviar el parte a la autoridad laboral de la provincia donde esté el centro de trabajo del trabajador accidentado. La autoridad laboral tendrá que dar su visto bueno al parte mediante su firma.
¿Qué ocurre si el trabajador trabaja para varias empresas?
Puede darse el caso de que un mismo trabajador trabaje para varias empresas y en ese caso cada empresario debe enviar un parte de accidente de trabajo. También, en el caso en que el accidente haya afectado a varios trabajadores se deberá rellenar un parte por cada trabajador.
¿Qué tipo de accidente se ha producido?
Unos de los aspectos que debe quedar muy claro en el parte de accidente de trabajo es el tipo de accidente que se ha producido. Para empezar hay que diferenciar entre si se trata de un accidente o de una recaída. Por otro lado, en función del lugar en el que haya ocurrido el accidente se debe diferenciar entre:
– Accidente en el centro de trabajo habitual.
– Accidente en desplazamiento durante la jornada laboral.
– Accidente in itinere.
– Accidente en otro centro de trabajo.
En todos estos casos, no obstante, es muy aconsejable que consultes con un abogado para conocer la forma de actuar y evitar errores.