Cuando una pareja se rompe los aspectos económicos se convierten muchas veces en los más difíciles de solucionar. Esto suele ser así porque lo habitual es que el divorcio genere un desequilibrio patrimonial en la pareja, ya que siempre hay un miembro en el matrimonio que gana más dinero o tiene más patrimonio que el otro.
Hoy en día es común que ambas partes de la pareja trabajen y por tanto tras el divorcio cada uno de ellos tiene medios suficientes para mantenerse. Pero cuando uno de los cónyuges ha dejado su profesión para centrarse en cuidar a la familia, el divorcio le puede ocasionar un grave problema económico, puesto que no dispone de recursos propios. Es entonces cuando puede haber derecho a recibir una pensión compensatoria por divorcio.
¿Qué es la pensión compensatoria?
El derecho a la pensión surge cuando el divorcio provoca en uno de los implicados un desequilibrio económico. Se trata de una cantidad de dinero que pretende compensar la desigualdad patrimonial o de poder adquisitivo que se produce al acabarse el matrimonio.
¿Se concede automáticamente?
Precisamente por el hecho de que hoy en día en casi todas las parejas trabajan los dos miembros, la pensión compensatoria por divorcio se ha convertido prácticamente en una excepción. De ahí que sea el interesado/a en percibirla el que deba solicitarla en la demanda de divorcio, aportando pruebas que demuestren que de verdad está en una mala situación económica a causa del divorcio.
Si eres solicitante de una pensión de este tipo deberás indicar en la demanda la cuantía a la que consideras que debe ascender. Ten en cuenta que el juez podrá concederte menos de lo que has pedido, pero nunca más.
Tu abogado te puede ayudar a determinar la cantidad que debes solicitar. Para calcular la pensión hay que atender a factores como el nivel de vida que se tenía durante el matrimonio, la posibilidad de que la persona con derecho a percibir la pensión encuentre un empleo que le permita mantenerse, edad de la persona con derecho a la pensión, lugar de residencia, gastos habituales, etc.
¿Es una obligación de por vida?
En aquellos casos en los que una sentencia de divorcio establezca para uno de los ex cónyuges la obligación de pagar al otro una pensión compensatoria, se establecerá además el tiempo durante el que debe pagarse esa pensión.
Salvo en aquellos casos en los que el perceptor de la pensión sea muy mayor o esté incapacitado para trabajar, la obligación de pagar la pensión no se suele establecer con carácter vitalicio.
Las pensiones que se están concediendo actualmente son temporales y normalmente el obligado puede elegir entre hacer el pago de una única vez, como si fuera una indemnización, o bien pagar la cantidad a la que ha quedado obligado a través de varias mensualidades.
La idea es que la pensión compense al ex cónyuge que está en una peor situación económica, pero hoy en día se concibe como una ayuda temporal que da algo de margen al cónyuge que la percibe para encontrar un trabajo.
¿Cuándo se extingue la obligación de pagar la pensión?
- Cuando el cónyuge que la percibe obtiene recursos que le permitan mantenerse por sí mismo: encuentra un trabajo, recibe una herencia, gana un premio de la lotería, etc.
- Cuando el cónyuge que la percibe se vuelve a casar o convive con otra persona con recursos económicos.
- Cuando finaliza el plazo previsto en la sentencia.
- Renuncia del cónyuge que la percibe.
- Acuerdo entre las partes para poner fin a la obligación de pagar la pensión.
Según el Código Civil la obligación de pagar la pensión no termina por la muerte del obligado, ya que la misma pasa a sus herederos, que podrán solicitar una reducción de su cuantía e incluso su extinción.