El pasado 1 de junio entró en vigor la nueva normativa de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV). En términos generales, esta nueva versión de la ITV es más estricta que la anterior, ya que se han incluido nuevos requisitos para pasar satisfactoriamente la inspección y se han endurecido las multas.
En este artículo te contamos todo lo que debes saber sobre la nueva ITV. Si necesitas ayuda con alguna cuestión relacionada, en onLygal contamos con el mejor equipo de abogados para ayudarte, tanto si eres un particular como una empresa.
¿A quién afecta la nueva ITV?
La nueva ITV afecta a todos los propietarios de vehículos que se matriculen en España o que vayan a ser matriculados en España. La frecuencia con la que se debe pasar la ITV dependerá del tipo de vehículo y de su antigüedad.
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¿Qué novedades se han introducido sobre el estado del vehículo?
La nueva ITV incorpora dos novedades importantes respecto a las condiciones en las que tiene que estar un vehículo para poder pasar la Inspección.
Sistema Antibloqueo de Frenos (ABS)
El ABS es un sistema de frenado que impide que las ruedas de un vehículo se bloqueen si se produce un frenado brusco. Con la nueva ITV, los vehículos que no cuentan con la obligación de incluir el ABS, es decir, aquellos cuya fabricación es anterior a 2004, serán penalizados severamente si el sistema no funciona adecuadamente o no funciona en absoluto. Por tanto, este problema pasa de ser considerado un defecto leve en la anterior normativa a un defecto grave que conlleva inspección desfavorable en la nueva ITV.
Espejos retrovisores
La nueva normativa también penaliza el riesgo de desprendimiento de espejos retrovisores, pasando a ser considerado como un defecto grave.
¿Qué cambios administrativos se han implementado?
Desde el 1 de junio ya es posible pasar la ITV de un vehículo sin necesidad de presentar el Permiso de Circulación. Sin embargo, sí debemos ser identificados ante el operador de la inspección y, para ello, existen dos vías:
- Utilizar, sin coste alguno, la aplicación de la Dirección General de Tráfico, la cual permite almacenar tanto la documentación del vehículo como el permiso de conducción.
- Que el operador de la inspección compruebe en el Registro General de Vehículos de la DGT los datos del conductor.
¿Se han modificado las multas por no pasar la ITV?
Sí. La nueva normativa contempla las siguientes sanciones en función de la infracción que se esté cometiendo:
Multa de 200 euros por circular con la ITV desfavorable
Un resultado desfavorable se obtiene cuando, durante la inspección del vehículo, se detectan varios fallos leves o uno grave. El titular del vehículo está obligado a arreglar el fallo grave y a volver a someterse a la ITV en los 2 meses posteriores al diagnóstico. Es necesario tener en cuenta que, el vehículo sólo podrá circular para ir al taller y, después a la ITV.
La multa se aplica en el caso de que se incumplan estas normas.
Multa de 500 euros por circular con la ITV negativa
Un resultado negativo se produce cuando, durante la inspección del vehículo, se detectan varios fallos graves. El titular del vehículo dispone de un plazo máximo de dos meses para arreglar dichos fallos y volver a someterse a la ITV. Es muy importante saber que el vehículo no podrá circular, deberá transportarse al taller mediante grúa.
La multa se aplica cuando estas normas no se cumplen.
Multa de 200 euros por tener la ITV caducada
Si el vehículo no ha sido llevado a la inspección técnica durante el plazo que le corresponde, se le aplicará una multa de 200 euros al titular, sin importar si la infracción ha sido detectada con el vehículo estacionado o en movimiento.
Multa de 80 euros por no llevar la pegatina de la ITV en el vehículo
¿Modifica la nueva ITV la normativa sobre importación de vehículos?
Sí, pero sólo en el caso de vehículos importados desde el Reino Unido. Debido a la salida de este país del Espacio Económico Europeo (EEE) tras el Brexit, todos los vehículos procedentes de Reino Unido que hayan sido matriculados después de diciembre de 2020 deberán cumplir estos dos requisitos:
- Contar con la anotación IM (importado) en el documento de procedencia del vehículo, en lugar de EEE.
- Ser homologados en España, sin importar las inspecciones a las que hayan sido sometidos en su país de origen.
Como hemos visto, la nueva ITV conlleva una serie de modificaciones respecto a la normativa anterior. Sin embargo, puede que no estés seguro de si estos cambios te afectan o puede que hayas tenido algún problema por incumplimiento de alguna de las normas. Sea cual sea tu caso, onLygal te ofrece los mejores servicios de asesoramiento, siempre protegiendo tus intereses.
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Asun Castejón
Abogado especialista del Centro de Asistencia Jurídica de onLygal