Durante los fines de semana o los puentes las carreteras de toda España se llenan de coches que van y vienen de un destino a otro. Aun así, son muchos los que tienen coche y solo lo utilizan en días concretos o incluso a veces coches los tienen parado en la calle o en un parking porque hay varios coches en casa. Es importante saber que existen sanciones que pueden acarrear hasta 3.000 euros de multa incluso con el vehículo parado.
Obligación de asegurar un vehículo
El Artículo 2 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor se determina la obligación de disponer de un seguro todo aquel que sea propietario de un vehículo a motor y resida en España de manera habitual.
Por lo tanto, aunque tengas el coche parado en un garaje no lo vayas a mover debes tener vigente un seguro con la cobertura como mínimo de responsabilidad civil. De no ser así, podrían ponerte una sanción entre 600 y 3.000 euros dependiendo de si estaba circulando o no y la inmovilización del vehículo hasta que el propietario pueda demostrar que está asegurado.
No haber pasado la ITV
La Inspección Técnica de Vehículos, conocida popularmente como ITV, es obligatoria para todos los automóviles circulen o no. Las sanciones pueden variar desde los 200 a los 500 euros. En caso de tener la ITV caducada, te pueden multar por mucho que tengas la cita pedida.
Matrícula no legible
Es una obligación de todos los conductores tener la matrícula del vehículo en perfecto estado y legible. Si no es así podrías incurrir en una falta con su correspondiente sanción, se puede acarrear una multa de hasta 200 euros y es que aunque el vehículo no esté en circulación no puede haber obstáculos que impidan o dificulten su lectura.
Vehículo con el domicilio incorrecto
Cualquier cambio de dirección debe ser notificado en la Jefatura Provincial de Tráfico en un plazo de 15 días. En caso de no tener al día la información del automóvil relativa a tu domicilio que pueden suponer una sanción de 80 euros.
Limpieza del exterior del automóvil
En el Reglamento General de Circulación, artículo 4.2, se detalla que está expresamente prohibido realizar cualquier acto que pueda deteriorar la calzada o sus instalaciones. Aquí se engloban acciones como realizar cualquier reparación en el vehículo o la limpieza del coche. Las multas en esta cuestión pueden variar en función de cada municipio y el importe, entre 30 y 3.000 euros.