¿Tu expareja no se hace cargo de la pensión de alimentos? Te contamos qué puedes hacer para solucionar esta situación.
¿Está justificado el impago de la pensión de alimentos?
El impago de la pensión de alimentos no está justificado en ningún caso, ya que su única finalidad es proporcionar bienestar a los hijos. Por tanto, cuando existe una sentencia judicial que determina una pensión de alimentos por valor de una cuantía determinada, la persona sujeta a dicha sentencia debe efectuar siempre el pago.
En algunas ocasiones, la persona que deja de pagar la pensión lo hace por motivos tales como que el dinero que abona no se está invirtiendo en el bienestar de sus hijos o porque no le permiten visitar a éstos. En otros casos, lo hace por una situación de desempleo o de incapacidad para hacerse cargo del pago. Sin embargo, sea cual sea el caso, la persona que está obligada a abonar la pensión deberá actuar siempre del lado de la ley y en ningún caso debe dejar de pagar, sino que ha de solicitar la modificación de la pensión.
¿Cómo reclamar una pensión de alimentos?
En caso de que uno de los progenitores haya dejado de pagar la pensión de alimentos, estos son los pasos que hay que seguir:
1. Reclamar las cantidades no pagadas
La vía amistosa siempre es la primera opción. En concreto, el diálogo entre las partes es una buena oportunidad para llegar a un acuerdo sin necesidad de recurrir a la vía legal. Si el diálogo no funciona, es recomendable reclamar el pago por escrito y, en concreto, mediante el envío de un burofax.
2. Recurrir a la vía judicial
Si lo anterior no ha funcionado, deberás acudir a la vía judicial e interponer una demanda de ejecución forzosa de la sentencia por incumplimiento del pago de pensión de alimento mediante un abogado y un procurador.
En caso de que tus hijos sean menores, serás tú quien realice la reclamación, pero, si tus hijos son mayores de edad, serán ellos los que tengan que reclamarlas, aunque también podrá hacerlo el Ministerio Fiscal.
La pensión de alimentos no pagada se podrá reclamar durante un máximo de 5 años, en las Comunidades Autónomas donde aplica el Derecho Común.
3. Solicitar el embargo de bienes y la imposición de multas
El impago de la pensión de alimentos puede terminar por causar que a la persona deudora se le embarguen los bienes. Esto es algo que la persona demandante puede solicitar en la demanda indicando expresamente cuáles son los bienes que pueden ser embargados, como, por ejemplo, la vivienda, el salario, la renta, etc. En caso de no tener datos sobre esto último, podrás pedir que se te facilite la información por parte del Juzgado.
Denunciar por abandono de familia, ¿es posible?
Sí. En caso de que uno de los cónyuges no haya abonado la pensión de alimentos durante 4 meses no consecutivos o 2 meses consecutivos, podrá ser denunciado por un delito de abandono de familia por la vía penal. Con todo, para poder efectuar la denuncia, será necesario que exista una conducta dolosa, como que, por ejemplo, el cónyuge que debe pagar la pensión no quiera pagar, aunque cuente con los medios para hacerlo.
En este caso, el acusado podrá enfrentarse a una multa de entre 6 meses y 24 meses de cárcel o a una pena de prisión de entre 3 meses y un año.
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