Según el último informe sobre la evolución de la familia del Instituto de Política Familiar, durante el año 2016 en España se produjeron casi siete rupturas por cada diez matrimonios, lo que supone un ratio muy superior a la media europea, que no llega a cinco.
¿Por qué hay más divorcios después de verano?
Esta realidad se puede atribuir, por un lado, al hecho de que cada vez se celebran menos matrimonios y, por otro, se tramitan más divorcios. En el año 1981 se aprobó la ley del divorcio y desde entonces se han registrado casi tres millones de rupturas matrimoniales. Un dato curioso es que los divorciados ya representan el 6% de la población adulta española y, casi un tercio de las 125.000 demandas de separación o divorcio que se interponen cada año en nuestro país tienen lugar después de las vacaciones de verano.
Las causas son varias. Durante el año estamos muy ocupados trabajando, tenemos poco tiempo libre y apenas hay convivencia. En vacaciones pasa todo lo contrario, tenemos contacto continuo con la pareja y es cuando salen a la luz problemas latentes que se arrastran desde hace tiempo. Las vacaciones pueden suponer una buena oportunidad para disfrutar con la pareja pero la falta de habilidad a la hora de comunicarnos y resolver conflictos puede llevarnos a la ruptura. Por otro lado, también es importante tener en cuenta que el mes de agosto es judicialmente inhábil –salvo que se trate de supuestos urgentes–. Por tanto, septiembre es el mes donde se registran y se remiten a los Juzgados de Familia el mayor número de separaciones y divorcios. Marzo es el otro mes por excelencia, ya que sucede algo similar durante el periodo de Navidad. Es época de reuniones familiares pero los gastos se acentúan y la economía necesita recuperarse. Por este motivo, no es hasta marzo cuando los abogados presentan las pertinentes demandas. Además, existen otros factores que influyen en los divorcios post-vacaciones. La propia organización de las vacaciones, puede suponer la gota que “colma el vaso” y los desacuerdos respecto al destino, la fecha, la duración o el alojamiento pueden ser motivo de peso de discusiones o desacuerdos. El cuidado de los hijos, que no tienen colegio, puede ser también otra razón de aumento de la tensión. Y, por supuesto, no debemos olvidarnos de los problemas económicos, ya que la crisis afecta mucho más de lo que se cree y los desacuerdos crecen cuando no sabemos cómo gestionar el dinero.
Según los datos del Instituto Nacional de Estadística del año 2015, las Comunidades Autónomas con una mayor tasa de demandas matrimoniales fueron Cataluña, Andalucía y la Comunidad de Madrid. Por el contrario, las tasas más bajas se dieron en Cantabria, Navarra y La Rioja y la duración media de los matrimonios es de 16,2 años.
Un patrón que se repite en otras partes del mundo
Esta tendencia no solo se da en España. Un estudio realizado por una profesora de sociología y un estudiante de doctorado de la Universidad de Washington, y presentado en el congreso anual de la Asociación Americana de Sociólogos celebrado en Seattle (EEUU), revelaba que la mayor parte de las solicitudes de divorcio también se presentan en marzo y en agosto.
Ante estos datos, investigaron si se cumplía el mismo guión en otros estados como Ohio, Minnesota, Florida y Arizona, que tienen las mismas leyes de divorcio, pero diferente demografía y condiciones económicas. El resultado fue que a pesar de estas diferencias, el patrón persistió.
¿Cómo se puede evitar esta situación?
Si la persona con la que convivimos es verdaderamente la persona con la que queremos compartir nuestra vida, no debemos dejar que los problemas de pareja se enquisten. Para ello es muy importante dedicar tiempo a analizar qué está fallando y buscar una solución acorde a los intereses de ambos. Es importante aplicar técnicas que son de gran ayuda para aprender a conocernos mejor y a expresar con asertividad nuestros pensamientos.
Si por el contrario, no se llega a buen puerto, la relación queda deteriorada y ambos tomáis la decisión de afrontar un proceso de separación, se produzca en el mes que se produzca la ruptura de pareja, lo ideal es buscar un despacho de abogados matrimoniales que vele por vuestros intereses e intentéis llegar a un acuerdo en todas las decisiones y consecuencias derivadas de la separación.
Cuando la separación es inevitable
Si tu pareja y tú habéis tomado la decisión de iniciar los trámites para la separación tenéis que tener en cuenta diferentes aspectos. El primero de ellos es la diferencia entre separación y divorcio. Mientras el primero de ellos suspende la vida en común de los cónyuges aunque siguen siendo marido y mujer, el divorcio disuelve definitivamente el vínculo del matrimonio. En cualquiera de los dos casos, el procedimiento puede ser amistoso si existe el acuerdo de las partes o contencioso, lo que requerirá que un juez dicte sentencia.
La solución más rápida y económica viene de la mano de una de las muchas novedades que introdujo la Ley 15/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria, que permite que los cónyuges puedan separarse o divorciarse de mutuo acuerdo acudiendo al notario a otorgar una escritura pública, siempre y cuando no existan hijos menores de edad o con la capacidad modificada judicialmente. Esta demanda se puede presentar de forma conjunta por ambos cónyuges, o bien por uno de ellos con el consentimiento del otro, siempre asistidos por un abogado. Previamente se deberá haber redactado un Convenio Regulador en el que consten aquellos acuerdos relativos a la atribución del uso de la vivienda familiar, la contribución de cada cónyuge a las cargas familiares, y si procede, lo relativo a los alimentos, la pensión a la que pudiera tener derecho uno de los cónyuges por el desequilibrio causado por la ruptura y la liquidación del régimen económico.
En el caso de las separaciones o divorcios judiciales, el procedimiento también puede resultar rápido, sencillo y económico si se hace de manera amistosa. Bastará con la presentación en el juzgado de la demanda y el Convenio Regulador, que deberá contar con el visto bueno del Ministerio Fiscal en el caso de existir hijos menores de edad o incapacitados, para que después el Juez dicte sentencia decretando la separación o el divorcio. Además, este procedimiento supone un abaratamiento de costes al permitir que ambos cónyuges actúen representados por un mismo procurador y defendidos por un único abogado.
Por último, siempre que no se llegue a un acuerdo entre los cónyuges, la separación o el divorcio se llevará a cabo a través de un procedimiento contencioso. En este caso, la demanda será presentada por una sola de las partes sin ninguna propuesta de convenio y se tramitará por los cauces del juicio verbal.
Este procedimiento es más largo y costoso, pues la demanda deberá ser presentada al otro cónyuge y fijarse fecha para la vista ante el Juez, debiendo comparecer ambos cónyuges junto con sus abogados y procuradores. Además, en estos procedimientos será parte el Ministerio Fiscal si existen hijos menores o incapacitados. Una vez apreciadas todas las pruebas, y si los cónyuges no hubiesen llegado a ningún acuerdo, el Juez oídas ambas partes, dictará la sentencia que decrete la separación o el divorcio y establezca las medidas que regirán a partir de ese momento las relaciones de los cónyuges y, las de éstos, con sus hijos, si los hubiera. El procedimiento terminará con la inscripción de esta sentencia en el Registro Civil.