Blog DAS
  • Inmueble
    • Comunidad de vecinos
    • Contratos de alquiler
    • Gastos
    • Impago de alquiler
    • Inquilinos
    • Propietarios
  • Familia
    • Acoso y ciberbullying
    • Derechos
    • Divorcio
    • Garantías y reclamaciones
    • Internet
    • Servicios
  • Senior
    • Dependencia
    • Jubilación
    • Pensiones
    • Testamento y herencias
  • Trabajo
    • Acoso laboral
    • Bajas
    • Contratos y pensiones
    • Despidos
    • Paro y ertes
    • Vacaciones y excedencias
  • Transporte
    • Accidentes
    • Carnet y puntos
    • Multas y sanciones
    • Recursos y reclamaciones
    • Tasa de alcoholemia
  • Negocios
    • Digitalización
    • Impuestos
    • Morosidad y deudas
    • Pymes y autónomos
    • Reclamaciones
  • Guías Legales
  • DAS Corporativo
No Result
View All Result
Seguros de tus derechos
  • Inmueble
    • Comunidad de vecinos
    • Contratos de alquiler
    • Gastos
    • Impago de alquiler
    • Inquilinos
    • Propietarios
  • Familia
    • Acoso y ciberbullying
    • Derechos
    • Divorcio
    • Garantías y reclamaciones
    • Internet
    • Servicios
  • Senior
    • Dependencia
    • Jubilación
    • Pensiones
    • Testamento y herencias
  • Trabajo
    • Acoso laboral
    • Bajas
    • Contratos y pensiones
    • Despidos
    • Paro y ertes
    • Vacaciones y excedencias
  • Transporte
    • Accidentes
    • Carnet y puntos
    • Multas y sanciones
    • Recursos y reclamaciones
    • Tasa de alcoholemia
  • Negocios
    • Digitalización
    • Impuestos
    • Morosidad y deudas
    • Pymes y autónomos
    • Reclamaciones
  • Guías Legales
  • DAS Corporativo
No Result
View All Result
Seguros de tus derechos
No Result
View All Result
Solicita más información
Tu seguro de impago de alquiler desde 15€. Conócelo. Tu seguro de impago de alquiler desde 15€. Conócelo. Tu seguro de impago de alquiler desde 15€. Conócelo.

¿Tengo derecho a indemnización si he terminado un contrato de sustitución?

por Grupo DAS
en Contratos y pensiones, Trabajo
publicado en 22 abril 2022 - Updated on 03 mayo 2022
derecho a indemnización por contrato de sustitución

Muchas personas en España tienen o han tenido en algún momento de su vida un contrato de sustitución. Pero, en ocasiones, puede no estar claro qué condiciones se le aplican, incluyendo el derecho a indemnización. ¡En este artículo resolvemos todas estas dudas!

Contenidos
¿Qué es un contrato de sustitución?
¿Cuánto dura el contrato de sustitución?
¿Cuándo se puede realizar un contrato de sustitución?
¿Cuándo se extingue un contrato de sustitución?
¿Voy a recibir indemnización cuando se termine el contrato de sustitución?

¿Qué es un contrato de sustitución?

Un contrato de sustitución es un tipo de contrato temporal por el cual la persona firmante acuerda realizar un trabajo durante un tiempo determinado hasta que la persona trabajadora que suele desempeñar ese mismo puesto de trabajo se reincorpore. Es decir, este tipo de contrato sirve para sustituir a personas trabajadoras con reserva de puesto de trabajo.

El contrato de sustitución debe incluir claramente el nombre la persona sustituida, así como la causa que provoca la necesidad de sustitución. Dicha sustitución puede no ser completa, sino a media jornada para completar la jornada reducida de otra persona trabajadora. Eso sí, la causa por la que la que se concede la jornada reducida tiene que estar recogida entre las causas legales o reguladas en el convenio colectivo.

También se podrá hacer un contrato de sustitución en aquellos casos donde se necesite cubrir una vacante de manera temporal debido a una promoción o proceso de selección que todavía no ha concluido

¿Cuánto dura el contrato de sustitución?

El contrato de sustitución tendrá la misma duración que la ausencia de la persona con derecho reserva de puesto de trabajo o que la jornada reducida que se esté completando.

En caso de los procesos de promoción y selección, el plazo máximo del contrato de sustitución será de 3 meses, a menos que en el convenio colectivo se especifique otro plazo, generalmente inferior. Además, según establece la nueva reforma laboral, una vez finalizado este contrato, no será posible realizar otro contrato con el mismo objeto.

¿Cuándo se puede realizar un contrato de sustitución?

El contrato de sustitución se podrá realizar hasta 15 días antes de que se inicie, de facto, la sustitución. La razón para ello es que la nueva incorporación pueda familiarizarse con el puesto de trabajo que va a desempeñar y tener los conocimientos necesarios como para hacerlo de manera efectiva.

¿Cuándo se extingue un contrato de sustitución?

Tal y como establece la ley, el contrato de sustitución se extinguirá por alguna de las siguientes causas:

  • Mutuo acuerdo de las partes
  • Causas consignadas válidamente en el contrato
  • Expiración del tiempo convenido
  • Dimisión del trabajador
  • Muerte, invalidez o incapacidad
  • Jubilación del trabajador
  • Por causas de fuerza mayor
  • Despido colectivo fundado en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
  • Por voluntad del trabajador ante incumplimiento contractual del empresario.
  • Por despido.
  • Por causas objetivas legalmente procedentes.
  • Por ser mujer víctima de violencia de género.

¿Voy a recibir indemnización cuando se termine el contrato de sustitución?

No. Tal y como se establece en la letra c) del artículo 49.1 del Estatuto de los Trabajadores, los contratos de duración determinada por causa de sustitución, así como los contratos formativos, no estarán sujetos a indemnización por finalización del contrato.

Mientras que en el resto de los contratos laborales la persona trabajadora tiene derecho a una indemnización cuya cuantía será equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de abonar 12 días de salario por año trabajado o según establezca el convenio, esto no sucede con los contratos de sustitución.

Tal y como te hemos contado, los contratos de sustitución están sujetos a unas condiciones específicas que no aplican a la mayoría de las modalidades de contratos, incluyendo la falta de indemnización a término del contrato. En DAS Seguros queremos ayudarte y, por eso, ponemos a tu disposición a nuestros abogados especialistas en temas laborales. ¡Contacta ya con nosotros!

Share259Tweet162Send

Artículos relacionados

Nueva ley de Teletrabajo: ¿por qué aún no se ha aplicado en todas las empresas?

por Grupo DAS
en Trabajo
publicado en 29 10 2021
0

El 10 de julio de 2021 entró en vigor la nueva Ley de Teletrabajo. En este artículo te contamos en...

Teletrabajo oficina

La empresa me impide volver a la oficina: ¿qué puedo hacer?

por Grupo DAS
en Trabajo
publicado en 07 07 2021 - Updated on 20 09 2021
0

La pandemia provocada por la Covid-19 obligó a muchos empleados a teletrabajar desde sus casas. Sin embargo, según la situación sanitaria ha...

ertes prorroga

Prórroga de los ERTES: ¿Qué supone?

por DAS Seguros
en Paro y ertes
publicado en 25 06 2021 - Updated on 26 10 2021
0

El pasado 27 de mayo, el Consejo de Ministros aprobó el real decreto-ley donde, por un lado, habrá prórroga de...

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Nuestros expertos te asesoran

Descubre todas nuestras guías

Nuestros expertos las han redactado para ayudarte a ti y a tu a tu familia a estar protegidos.

Guías legales

Categorías

  • Accidentes
  • Acoso laboral
  • Acoso y ciberbullying
  • Bajas
  • Carnet y puntos
  • Comunidad de vecinos
  • Contratos de alquiler
  • Contratos y pensiones
  • DAS Corporativo
  • Dependencia
  • Derechos
  • Despidos
  • Digitalización
  • Divorcio
  • Familia
  • Garantías y reclamaciones
  • Gastos
  • Impago de alquiler
  • Inmueble
  • Inquilinos
  • Internet
  • Jubilación
  • Morosidad y deudas
  • Multas y sanciones
  • Negocios
  • Paro y ertes
  • Pensiones
  • Propietarios
  • Pymes y autónomos
  • Reclamaciones
  • Recursos y reclamaciones
  • Senior
  • Servicios
  • Tasa de alcoholemia
  • Testamento y herencias
  • Trabajo
  • Transporte
  • Vacaciones y excedencias

Meta

  • Acceder
  • Feed de entradas
  • Feed de comentarios
  • WordPress.org

Síguenos

Suscríbete

QUIERO RECIBIR NOTICIAS

  • Inmueble
    • Comunidad de vecinos
    • Contratos de alquiler
    • Gastos
    • Impago de alquiler
    • Inquilinos
    • Propietarios
  • Familia
    • Acoso y ciberbullying
    • Derechos
    • Divorcio
    • Garantías y reclamaciones
    • Internet
    • Servicios
  • Trabajo
    • Acoso laboral
    • Bajas
    • Contratos y pensiones
    • Despidos
    • Paro y ertes
    • Vacaciones y excedencias
  • Senior
    • Dependencia
    • Jubilación
    • Pensiones
    • Testamento y herencias
  • Transporte
    • Accidentes
    • Carnet y puntos
    • Multas y sanciones
    • Recursos y reclamaciones
    • Tasa de alcoholemia
  • Negocios
    • Digitalización
    • Impuestos
    • Morosidad y deudas
    • Pymes y autónomos
    • Reclamaciones
  • Guías Legales
  • DAS Corporativo

© Grupo DAS