Cuando te casas piensas que es para siempre, pero esto no siempre es así. Sin embargo, un divorcio puede ser la puerta hacia una nueva vida que está a punto de empezar. Eso sí, para solucionar las cosas habrá que presentar primero una demanda de divorcio.
Para que el divorcio sea posible es necesario contar con abogado y procurador. Los cónyuges pueden optar entre un divorcio de mutuo acuerdo (más rápido y económico) o un divorcio contencioso.
Requisitos para poder divorciarse
Hoy en día la regulación en el Código Civil establece que ya no es necesario alegar ninguna causa en la demanda de divorcio para conseguir la disolución del vínculo matrimonial.
El único requisito que se exige es que hayan transcurrido al menos tres meses desde la fecha de celebración del matrimonio. Salvo en aquellos casos en los que haya riesgo para la integridad física, moral o la vida del cónyuge, de los hijos de ambos miembros de la pareja o de los hijos de uno de los miembros del matrimonio. En estos casos, no será necesario esperar ese mínimo de tres meses que exige la ley para pedir el divorcio.
¿Qué contenido debe tener una demanda de divorcio?
Al no tener que alegar ni probar causas para el divorcio, las demandas se han simplificado mucho.
En la parte de “Hechos” se exponen los hechos relacionados con el proceso. Aquí se habla de aspectos tales como la fecha en que se contrajo matrimonio, si se tienen o no hijos, el domicilio familiar y el régimen económico matrimonial.
En los “Fundamentos de Derecho” se exponen los artículos del Código Civil en las que las partes basan sus pretensiones o peticiones (el establecimiento de la guardia y custodia el importe de la pensión de alimentos que se debe pagar a los hijos, etc.) y en el “Suplico” se solicita al juzgado que se atiendan las peticiones de la parte demandante.
Si se trata de un divorcio de mutuo acuerdo la demanda irá acompañada de un Convenio Regulador negociado por ambas partes y que especificará los efectos que se producirán una vez disuelto el matrimonio.
El Convenio regula cuestiones tales como la guarda y custodia de los hijos menores de edad o con algún tipo de incapacidad, el régimen de visitas del progenitor con el que no vivan los hijos de forma habitual, el reparto de los bienes y deudas familiares, el posible establecimiento de una pensión económica para uno de los cónyuges, etc.
Cuando se trata de un divorcio contencioso (aquel en el que no ha sido posible un acuerdo entre la pareja que se está divorciando para establecer los efectos de su divorcio a través de un Convenio Regulador), el cónyuge que presenta la demanda deberá solicitar a la autoridad judicial las medidas que quiere que rijan los efectos derivados de la disolución matrimonial. De este modo, la demanda contendrá solicitudes relativas a cuestiones tales como la guarda y custodia de los menores, la pensión alimenticia, la pensión compensatoria y el uso de la vivienda familiar, así como la parte que cada ex cónyuge debe abonar de las cargas familiares (hipoteca, préstamos pedidos conjuntamente, etc.)
¿Quién presenta la demanda?
Tratándose de un divorcio contencioso la demanda será presentada por uno solo de los cónyuges, mientras que en el divorcio de mutuo acuerdo la demanda puede ser presentada por ambos cónyuges o por uno con el consentimiento del otro.
¿Dónde se presenta la demanda?
La demanda se presenta en el Juzgado del último domicilio conyugal o bien en el Juzgado que corresponda al domicilio actual de cualquiera de los cónyuges, a elección del demandante.
¿Y después?
En un proceso de divorcio contencioso después de presentarse la demanda, se citará a ambas partes a una vista oral. Si es un proceso de disolución matrimonial de mutuo acuerdo no será necesario celebrar dicha vista. El juez ratificará el Convenio Regulador que las partes han presentado de mutuo acuerdo, pero en caso que haya menores, el Convenio Regulador será validado por el Ministerio Fiscal.
El proceso finalizará con una sentencia acordando el divorcio y aprobando el Convenio Regulador o bien establecimiento las medidas que deben regir los efectos que se derivan de la disolución del vínculo matrimonial.
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Esta muy bien explicado muchas gracias y sigan publicando información.