Un embarazo no es una enfermedad pero sí que puede afectar al trabajo de la madre si, por ejemplo, se manejan elementos tóxicos o se trata de un embarazo de riesgo por ser múltiple o porque hay peligro de complicaciones. Incluso en casos en que el embarazo vaya bien, la madre puede tener molestias normales y el médico puede plantearse darle la baja por embarazo.
Como consecuencia de lo anterior, el momento en el que se puede obtener la baja por embarazo depende de la situación de cada madre.
Para solicitar la baja por embarazo tendrás que acudir a tu médico, de forma que evalúe el caso concreto. En general, se tienen en cuenta aspectos como:
- Estar mucho tiempo en la misma postura (ya sea de pie o sentada).
- Levantar peso con frecuencia.
- El estrés que se produce en el trabajo y que puede afectar al bebé.
- La necesidad de descansar.
¿Cuánto se cobra por la baja por embarazo?
Tal y como se recoge en el Real Decreto 295/2009 de 6 de marzo, por el que se regulan las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social por maternidad, paternidad o riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural, la baja durante el embarazo se considera enfermedad común, salvo el caso en que se trate de un supuesto de embarazo de riesgo. En el caso de la enfermedad común se cobra el 60% de la base reguladora desde el 4º día al 20º y el 75% desde el 21º en adelante. Durante los tres primeros días no se cobra, salvo que el convenio regulador que se aplique regule lo contrario.
En los supuestos de embarazo de riesgo para la salud de la madre o del feto, si no se puede ubicar a la madre en un puesto de trabajo que no suponga un riesgo, el contrato de trabajo se suspenderá y la futura madre cobrará un subsidio diario del 100% de la base reguladora.
Lo mismo ocurre durante la lactancia, si las condiciones de trabajo suponen un riesgo, la empresa debe ofrecer un nuevo puesto durante la lactancia y si no es posible se suspenderá el contrato de trabajo y se cobrará el 100% de la base reguladora.
La base reguladora será la equivalente a la que esté establecida para la prestación de incapacidad temporal (IT) derivada de contingencias profesionales, tomando como referencia la fecha en que se inicie la suspensión del contrato.
En el caso de una mujer que sea autónoma también tiene derecho a la prestación del 100% de la base reguladora y se beneficiará de una exención del 100% en la cuota de autónomos para el cuidado de los hijos.
Baja maternidad en caso de desempleo
El porcentaje para percibir en caso de desempleo será el 100% de la base reguladora de los últimos 180 días cotizados.
Baja maternidad trabajadoras a tiempo parcial
En caso de trabajadoras a tiempo parcial la prestación se calculará con base en la media de los 365 días anterior a la fecha de nacimiento. En caso de trabajo por menos de 1 año se hará la media de los días trabajados.
Baja maternidad cuándo no se cotizó el tiempo mínimo
Las personas que no hayan cotizado un tiempo mínimo tendrás 7 semanas a partir del parto de subsidio. La cuantía será de 100% del IPREM, o sea, 600 euros como cuantía máxima en 2023, el valor exacto dependerá de la base de cotización de la madre.
Es importante recordar que las prestaciones por maternidad están exentas del IRPF.
¿Cuánto dura la baja por maternidad?
Según el artículo 48 del Estatuto de los trabajadores la madre biológica tendrá derecho a 16 semanas de baja por maternidad, siendo obligatorias seis semanas ininterrumpidas inmediatamente posteriores al parto en jornada completa.
Las otras 10 semanas se pueden disfrutar tanto en jornada completa como en jornada parcial, siempre y cuando haya acuerdo con la empresa, en períodos de mínimo siete días hasta que el niño cumple doce meses. Existe también la posibilidad de adelantar el permiso 4 semanas antes del parto y restar los días utilizados de las 16 semanas.
¿La empresa se puede oponer a las semanas de baja por maternidad que haya elegido la madre?
No, la empresa no se puede oponer a la elección de la madre siempre y cuando se avise con 15 días de antelación. Tampoco se puede pedir modificaciones al INSS una vez solicitados y reconocidos.
Precauciones durante la baja por embarazo
Además de pedir la baja por embarazo, puedes seguir una serie de precauciones para proteger tu salud y la del feto:
- Acude a todas las revisiones de tu ginecólogo.
- Evita esfuerzos. Tu salud y la del bebé tienen prioridad, por lo que puedes delegar en otra persona las tareas del hogar más pesadas.
- Sigue una dieta saludable. Consulta con tu médico la dieta a seguir para cuidarte y aportar lo mejor a tu bebé.
- Descansa todo lo que sea necesario. Es posible que te sientas más cansada, por lo que duerme bien y tómate descansos durante el día.
En el caso en que necesites consultar sobre un aspecto de la baja por embarazo, ponte en contacto con un abogado especializado en derecho laboral que resuelva tus dudas.