Una depresión nos puede hacer sentir una tristeza muy profunda, falta de motivación para hacer cosas, disminución del apetito, incluso el hecho de ir a trabajar puede significar un esfuerzo que no logramos hacer y puede llegar el caso en que tengamos que pedir una baja laboral por depresión.
En base a los datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS) la depresión es una de las tres primeras causas de discapacidad en el mundo. De hecho actualmente, existen muchos factores que nos pueden afectar como el estrés en el trabajo, la rapidez de la vida diaria o el aumento en el consumo de determinados medicamentos.
¿Qué es la depresión?
La depresión es una enfermedad que supone un decaimiento anímico, la pérdida de interés por todo lo que nos rodea y un deseo de aislamiento, entre otros síntomas. En nuestra vida habitual podemos tener temporadas en las que nos sentimos más tristes, pero cuando el problema se alarga en el tiempo y se intensifica, puede que nos encontremos ante una depresión.
Lo más recomendable es que acudas a un especialista para que te diagnostique y, si es necesario, te de la baja por depresión.
Casos y requisitos de la baja por depresión
Antes de nada, debemos diferenciar dos casos en relación a la baja por depresión, en el caso de que la depresión tenga su origen en un asunto personal que no tenga nada que ver con el trabajo estaremos ante una baja por contingencias comunes, y en el supuesto en el que la depresión derive directamente de una situación relacionada con el trabajo, estaremos ante una baja por contingencias profesionales.
Los requisitos que debes cumplir para poder solicitar la baja son los siguientes:
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- Estar dado de alta en la Seguridad Social y al corriente de pago de las cuotas en el caso de los trabajadores autónomos.
- En el caso de baja por contingencia común es necesarias una cotización previa de 180 días en los 5 años anteriores.
- En el caso de una con contingencia profesional no se pide un periodo de cotización previo.
La duración de la baja y los derechos que tienes
La baja por depresión puede tener una duración máxima de 365 días que se podrá prorrogar por 180 días más, en el caso en que se considere que durante ese periodo se puede producir la recuperación del paciente.
En el caso en que la baja sea por contingencia común durante los tres primeros días no se cobra por la baja y a partir del cuarto día hasta el día número 20 se cobra un importe equivalente al 60% de la base reguladora, del día 21 en adelante se cobra el 75% de la base reguladora.
Si la baja es por contingencias profesionales cobrarás el 75% de la base reguladora desde el día siguiente al que te den la baja. Se debe tener en cuenta que las cuantías pueden ser mejoradas por el convenio colectivo de aplicación.
Para saber cuál es tu base reguladora debes ver la nómina del mes anterior al que has pedido la baja y fijarte en la base de cotización para dividirla por el número de días de ese mes.
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Si. Me ha aclarado alguna cosa.
Maria, nos alegra mucho tu comentario. ¡Muchas gracias!