Son diversos los casos en que las personas tienen que asumir la responsabilidad de cuidar a un familiar dependiente. Esta tarea puede ser muy exigente y suponer desafíos tanto emocionales y físicos como económicos. Por eso, la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia establece una prestación por cuidados a familiares dependientes.
En este artículo te lo contamos todo sobre las ayudas que puedes tener en este caso y como acceder a ellas.
¿Quién puede percibir a la prestación económica para cuidados en el entorno familiar?
Para recibir la ayuda económica en estos casos los cuidadores no profesionales deben cumplir ciertos requisitos:
- Para que se pueda recibir la prestación económica se deben respetar las condiciones adecuadas de convivencia y de habitabilidad de la vivienda.
- El Consejo Territorial de Servicios Sociales y el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia establecen condiciones acceso de acuerdo con la situación de dependencia y capacidad económica, en caso de personas de Grado I por ejemplo solo se concederá el beneficio en caso de que vivan en el entorno rural.
- El cuidador deberá seguir las normas de afiliación, alta y cotización de la Seguridad Social, en este caso la Administración General del Estado asume el pago de las cotizaciones.
- La persona en situación de dependencia debe estar siendo atendida por cuidadores no profesionales durante el periodo de mínimo un año antes de la presentación de la solicitud del beneficio.
¿Qué tengo que hacer para ser un cuidador no profesional?
Para que puedas ser considerado como un cuidador no profesional y recibir los beneficios deberás:
- Vivir en el mismo domicilio que la persona en situación de dependencia.
- Acreditar capacidad física, mental e intelectual para desarrollar los trabajos de cuidado.
- Asumir los compromisos para la atención y cuidado de la persona en situación de dependencia.
- Facilitar acceso de los servicios sociales a la vivienda cuando necesiten comprobar el cumplimiento de requisitos.
- Formalizar el contrato laboral correspondiente.
¿Cuáles son los grados de dependencia reconocidos?
La dependencia puede presentarse en cualquier edad, así que lo que va a diferenciar cada caso y el valor de las ayudas será el grado de dependencia establecido en el artículo 26 de la Ley de Dependencia. Son ellos:
- Grado I, dependencia moderada: La persona necesita ayuda para realizar actividades básicas cotidianas por lo menos una vez al día y no requiere de apoyo permanente de su cuidador. Las ayudas en este caso serán de hasta 153 euros al mes.
- Grado II, dependencia severa: no requiere apoyo permanente, pero necesita ayuda dos o tres veces al día para realizar actividades cotidianas. Aquí, las ayudas serán de hasta 268,79 euros al mes.
- Grado III, gran dependencia: necesita apoyo continuo del cuidador y ayuda en diversos momentos del día para realizar sus actividades básicas. En este caso las ayudas llegarían hasta los 387,64 euros.
Para determinar el grado de dependencia, el Servicio de Valoración de la Dependencia hará una evaluación tras visitar el domicilio de la persona en situación de dependencia y realizar una entrevista. Para la valoración final se tendrá también en cuenta informes de salud y los resultados del Baremo de Valoración de la Dependencia.
Estas ayudas no tributan en el IRPF en el caso de que estén otorgadas por la Administración General del Estado, pero si se reciben a través de mutualidad es obligatorio registrar en el IRPF.
¿Existen ayudas para uso de servicios profesionales?
Si se determina que la persona dependiente debe acudir a servicios de cuidados profesionales, se pueden contar con ayudas en función de la renta de la persona dependiente.
En caso de ayuda a domicilio:
- Grado I: media de 218 euros al mes
- Grado II: media de 344 euros al mes
- Grado III: media de 557 euros al mes
En caso de centros de día:
- Grado I: media de 213 euros al mes
- Grado II: media de 335 euros al mes
- Grado III: media de 458 euros al mes
En caso de residencias:
- Grado I: media de 465 euros al mes
- Grado II: media de 480 euros al mes
- Grado III: media de 540 euros al mes
¿Dónde solicitar las ayudas por cuidados a familiares dependientes?
Para que puedas solicitar estas ayudas, deberás primero tener en manos el grado de dependencia acreditado. En seguida, podrás acudir a los servicios sociales municipales o a los centros de atención primaria de tu ciudad. La resolución del proceso varia de 6 meses a 12 meses de espera.
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