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¿Puedo prohibir que mi inquilino tenga mascotas?

Publicado en: 22 noviembre 22,

Modificado en: 12 enero 24

Seguro de Impago de Alquiler

Es común que los propietarios de viviendas en alquiler prohíban a sus inquilinos tener mascotas en casa, pero con la aprobación de la nueva Ley de protección de los animales domésticos, que considera a las mascotas un miembro más de la familia, han surgido algunas dudas de si es legal o no esta prohibición.

Presta mucha atención a este post en el que te contamos todos los detalles respecto a esto.

Nueva Ley de animales

Tal y como especifica dicha Ley en varios momentos “los animales son seres vivos dotados de sensibilidad”, por lo que se les considera un miembro más del ente familiar. Gracias a esta ley se protege su bienestar, endureciendo las penas por abandono o maltrato, que podrían llegar desde los 18 a los 24 meses de cárcel.

A su vez, se ha creado un listado en el que se especifica qué animales son considerados mascotas y que, por lo tanto, pueden convivir con los humanos en sus viviendas.

¿Afecta en la LAU y en la Ley de Propiedad Horizontal?

La respuesta es no. Esta nueva ley de animales no ha provocado ninguna modificación en la Ley de Arrendamientos Urbanos ni en la Ley de Propiedad Horizontal, por lo que la legislación continúa siendo la misma a la de antes de esta nueva normativa. De esta forma, la ley por la que se regulan los alquileres no ha cambiado su consideración en cuanto al derecho de poder tener o no mascotas en la vivienda.

Por lo tanto, teniendo en cuenta que no se han producido variaciones en estas leyes, la decisión de permitir o no mascotas en una vivienda arrendada sigue en manos del propietario de esta.

¿Es legal que el propietario prohíba mascotas?

Sí, mientras la ley de arrendamientos no diga lo contrario el propietario puede prohibir que haya mascotas en el piso de alquiler. Si te encuentras en esta situación, debes especificarlo en el contrato mediante una cláusula específica en la que se detalle tu negativa respecto a la inclusión de animales en la vivienda. La creación de esta cláusula es muy importante, ya que, de no hacerla, aunque el inquilino sea consciente de tu decisión, podrá hacer lo que quiera al no estar fijado en el contrato de arrendamiento.

Lo mejor es que se produzca una negociación entre propietario-inquilino para tratar de llegar a un acuerdo entre ambas partes.

El inquilino ignora la cláusula que prohíbe mascotas

Esto significaría un incumplimiento del contrato de alquiler y, por este motivo, como propietario estás en tu derecho de romper el contrato.

Tal y como establece la LAU en su artículo 27.1: “El incumplimiento por cualquiera de las partes de las obligaciones resultantes del contrato dará derecho a la parte que hubiere cumplido las suyas a exigir el cumplimiento de la obligación o a promover la resolución del contrato de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.124 del Código Civil”. Dicho esto, como propietario podrías pedirle a tu inquilino que abandonase el inmueble por incumplir una de las cláusulas firmadas.

¿Qué cláusula añadir para prohibir mascotas en el piso?

Es conveniente que, tanto para la inclusión de cláusulas adicionales en el contrato de arrendamiento, como para la realización de este en general, contactes con profesionales que puedan ayudarte a llevarlo a cabo, con el fin de ahorrarte problemas futuros.

En onLygal Seguros contamos con los mejores profesionales para asesorarte en este tema y en cualquier otro que atañe al bienestar de tu vivienda. Si tienes alguna duda o quieres contratar algún seguro para evitar daños futuros, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

Estamos aquí para ayudarte.

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