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Preguntas frecuentes

onLygal Seguros te abonará las rentas impagadas por parte de tu inquilino desde que nos informes del incumplimiento hasta su desalojo (como máximo, desde los dos meses correlativos e inmediatamente anteriores a la fecha de notificación del incumplimiento hasta el máximo de meses contratado en las condiciones particulares de tu contrato de seguro: 9, 12 o 18 meses).

Puedes contratar un seguro que cubra 9, 12 o 18 meses durante los cuales onLygal Seguros asumirá el impago de rentas por parte del inquilino. Se trata de una cobertura cuyo plazo se inicia en el momento del incumplimiento del pago por parte del inquilino, y que tiene como fin cubrir la renta del alquiler mes a mes mientras se inicia en paralelo el proceso de desahucio u otras acciones. Adicionalmente te asesoraremos legalmente y defenderemos tus derechos frente a problemas que puedan surgir con tu inquilino.

En el caso de que el inquilino deje de pagar, tienes que comunicarte con nosotros durante los primeros 45 días en los que se ha producido el impago o un incumplimiento de contrato. En el caso de impago, en el momento que nos lo comuniques te indicaremos los pasos a seguir para que desde onLygal Seguros asumamos las mensualidades no pagadas por tu inquilino e iniciemos el proceso de reclamación correspondiente.

Si sucediera que el inquilino abonara la totalidad de la deuda adquirida o una parte de ella, como propietario debes comunicarlo a onLygal Seguros para que podamos actualizar la cuantía pendiente y seguir con las acciones que correspondan.

En el caso de que el inquilino salde el total de la deuda, se procederá al cierre del expediente.

En el supuesto caso de que el inquilino se marche antes de que culmine tu contrato de seguro contrato, el importe invertido en el seguro no se pierde. Tienes dos opciones:

  1. Solicitar una suspensión temporal mediante la firma del contrato de rescisión, el importe no utilizado se compensará con la sustitución.
  2. Solicitar un reembolso – hasta un máximo de 6 meses de tu prima no consumida, siempre y cuando no haya habido siniestros en la misma anualidad.

El adelanto de las rentas impagadas por parte de onLygal Seguros se efectúa una vez presentada la demanda e iniciada la reclamación.

La franquicia es el importe de impago de renta que el asegurado asume para adaptar el precio del seguro a sus necesidades. En onLygal podrás elegir entre dos modalidades: una con franquicia onLygal Impago de Alquiler PREMIUM y otra sin franquicia onLygal Impago de Alquiler PREMIUM PLUS.

Las consultas telefónicas con nuestro equipo de abogados son ilimitadas. Desde el primer día podrás resolver todas las dudas que puedan surgirte en relación al alquiler de la vivienda asegurada.

Recomendamos que este seguro de impago de alquiler sea abonado siempre por el propietario.

Antes de la contratación realizamos un estudio de solvencia de los inquilinos. Si es estudio es favorable tendrás hasta 60 días para contratar la póliza con los inquilinos aceptados por onLygal Seguros. Una vez contratada la póliza le giraremos el recibo anual a la cuenta indicada.

Se realiza un único pago anual. El seguro es anual y se renueva año a año.