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Limite extraordinario para las subidas de alquileres en 2022

Publicado en: 14 noviembre 22,

Modificado en: 12 enero 24

Seguro de Impago de Alquiler

El límite extraordinario para las subidas de alquileres en 2022 ha tenido como fecha límite 31 de diciembre de 2022.

Te recomendamos este artículo con información actualizada sobre La nueva ley de vivienda aprobada el 26 de mayo de 2023 y cómo afecta a los contratos ya formados.

El Plan de choque en respuesta a la guerra aprobado por el Gobierno en marzo de 2022 tiene como objetivo paliar la situación descontrolada respecto a la subida de los precios del gas, el petróleo, los combustibles, la luz, parte de los alimentos y varios materiales.

Estas medidas están descritas en El Real Decreto-Ley 6/2022 de 29 de marzo, publicado en el BOE el 30 de marzo de 2022 y con entrada en vigor el 31 de marzo. En este artículo te explicamos la medida que limita las subidas a las rentas del alquiler durante un periodo concreto de tiempo.

¿Cómo funciona el límite a las rentas de alquiler en 2022?

Con esta medida del Gobierno se limita la subida de los alquileres en su renovación a un máximo del 2%, independientemente de cual sea el IPC correspondiente. Por lo tanto, en la renovación de las rentas de alquiler, en lugar de aplicárseles el IPC se les aplica el Índice de Garantía de Competitividad (IGC). Esto afecta a los contratos de alquiler de vivienda que tengan que llevar a cabo su actualización anual hasta el 31 de diciembre.

Sin embargo, debemos saber que este límite no aplica en todos los casos, pues debemos tener en cuenta que:

  • Para los propietarios considerados grandes tenedores (persona física o jurídica que sea titular de más de diez inmuebles urbanos de uso residencial, excluyendo garajes y trasteros) es obligatorio que no supere ese 2%.
  • Para los pequeños propietarios se permite llegar a un pacto entre las partes. Sin embargo, si no hay acuerdo, debe aplicarse el Índice de garantía de competitividad que se haya publicado en el mes anterior a la fecha de actualización del contrato.

Características del límite a las rentas del alquiler:

  1. Entrada en vigor: 1 de abril
  2. Fecha de finalización: 31 de diciembre de 2022 tras renovarse a finales de junio de 2022
  3. Máxima subida de precio de un 2%
  4. Para inquilinos que actualicen su renta entre el 1 de abril y el 31 de diciembre de 2022
  5. Aplicable a grandes y pequeños propietarios

Este límite tampoco se aplicaría a los contratos de alquiler de locales de negocio, debiendo seguir el tipo de subida pactada en el contrato.

¿Cuáles son las diferencias entre el IPC y el IGC?

El IPC es un índice variable, de manera que el precio de los alquileres puede subir y bajar dependiendo del precio de la vida y de la capacidad adquisitiva de los ciudadanos, sin mínimos ni máximos. Por el contrario, el IGC tiene un máximo del 2% y un mínimo del 0%, por lo que la renta nunca podrá ser negativa.

Estos dos términos generan bastante controversia. Según los intereses de cada uno, estos son, propietario o inquilino, las preferencias son distintas. Por lo general, para el propietario es más beneficioso el IPC, ya que le permite realizar la subida de la renta y obtener mayores beneficios. Sin embargo, para el inquilino el IGC es lo más recomendable, porque de esta manera la renta no suele variar, aunque tampoco podrá bajar de precio.

¿Cómo impacta el límite del IGC en las subidas de rentas de alquiler?

Existe la idea de que los propietarios eliminarán sus viviendas del mercado de alquiler debido a, por un lado, ver reducidas sus ganancias mensuales y, por otro, por la inseguridad legal en la que se encuentran con esta nueva regla. Si esto es así, lo más probable es que los precios suban por falta de competencia, lo que significa que la medida podría tener un impacto negativo en el mercado.

¿Durante cuánto tiempo está limitada la subida del IPC a los alquileres de vivienda?

En un principio, el Real Decreto-ley 6/2022 había establecido que se verían afectados por esta subida máxima del 2% aquellos contratos de alquiler que se actualizasen hasta el 30 de junio de 2022. Pero, debido a la situación económica del país y a su inflación, esta medida de limitar el precio del alquiler se ha ampliado hasta el 31 de diciembre de 2022, siempre con el objetivo de paliar las consecuencias de la COVID-19 y de la subida de precios de la situación económica actual.

¿Cómo debes actualizar la renta?

Si tienes una vivienda alquilada que cumple el primer año de vigencia entre abril y diciembre de 2022, para actualizar la renta debes tomar como referencia el último IGC publicado por el INE, dentro de la fecha de actualización del contrato en cuestión, pero, en este caso, solo puedes aplicar como límite máximo de subida el 2%.

Como sabemos que esta medida supone un problema para los propietarios y que, además, es probable que estos necesiten asesoramiento de cara a la actualización de las rentas, en onLygal Seguros tenemos diversos seguros de vivienda para garantir el cobro del alquiler, así como otros para prevenir de cualquier conflicto que pueda surgir con el inquilino. ¡Ponte en contacto con nosotros cuanto antes!

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