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¿Qué puedo hacer si tengo problemas con inquilinos conflictivos en 2023?

Publicado en: 09 febrero 21,

Modificado en: 25 marzo 24

Seguro de Impago de Alquiler

Cuando ponemos una propiedad en alquiler lo peor que nos puede pasar como propietarios es que nuestros inquilinos terminen siendo molestos o conflictivos causando prejuicios dentro de la vivienda o en la comunidad de vecinos.

Si tienes dudas sobre qué engloba el término “inquilino conflictivo” y cómo actuar ante este tipo de arrendatario, continúa leyendo.

¿Qué tipos de problemas pueden causarme mis inquilinos?

Incumplimientos del contrato de alquiler

En toda relación contractual existen derechos y obligaciones para todas las partes intervinientes. En el caso de un contrato de alquiler, conocer la Ley de Arrendamientos Urbanos (Ley 29/1994, de 24 de noviembre) es importante para tener unos conocimientos básicos de aquellos actos que puedes o no realizar, tanto si eres arrendador como arrendatario.

  • Impago de la renta de alquiler

El impago del alquiler es uno de los principales miedos a la hora de arrendar un inmueble, ya que es una situación cada vez más habitual. Prueba de ello son los Seguros de Impago de Alquiler, como el que desde Grupo onLygal ponemos a tu disposición. Mediante seguros de este tipo buscamos ofrecerte la tranquilidad que necesitas a la hora de alquilar tu vivienda.

  • Impago de suministros

Aunque se trata de una situación menos habitual, el pago de suministros también puede sufrir impagos o retrasos. Para evitar esta realidad es recomendable que los gastos de luz, agua, gas y otros suministros se ponga a nombre del arrendatario. De esta forma constará de manera oficial la persona responsable de esos pagos y, se podrán tomar las medidas oportunas contra la persona correcta en el caso de que no se realicen los pagos.

  • Vandalismo o daños en la vivienda

Los actos vandálicos o destrozos de la vivienda son otros de los miedos más habituales entre los arrendadores. El significado de estos actos va más allá de no hacer entrega del piso en condiciones de limpieza óptima o con elementos desgastados por el uso natural de la vivienda. Se trata de actos graves por el deterioro intencionado de muebles o de la propia vivienda, lo que resta valor a la vivienda.

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  • Reformas en la vivienda

Según la LAU, en el artículo 23, los inquilinos no podrán hacer reformas de la vivienda alquilada sin el consentimiento del propietario. Se entiende por reformas, aquellas que modifiquen la estructura o estabilidad de la vivienda o de los enseres contenidos en esta.

  • Subarrendamiento de la vivienda

Solamente podrá realizarse el subalquiler de una vivienda ya arrendada si el propietario de esta da su consentimiento de forma explícita y por escrito.

Conflictos vecinales

Tienen la consideración de conflictos entre vecinos todos aquellos que atenten a la comodidad o descanso de los residentes. Comprenden tanto ruidos que excedan los límites de los decibelios permitidos por ley, como el uso del inmueble para actividades que ocasionen malestar vecinal.

¿Qué hacer cuando se incumple el contrato de alquiler?

La Ley de Arrendamientos Urbanos, establece una serie de obligaciones que ambas partes deberán cumplir.

Si se incumple alguna de las obligaciones indicadas en el artículo 27 de la Ley, el perjudicado podrá exigir la resolución del contrato, la compensación por los daños causados si ese es el caso, o el pago de los gastos ocasionados.

Si el problema se prolonga en el tiempo y el inquilino todavía no ha dado solución, el propietario puede iniciar la demanda judicial correspondiente.

  • Si se trata del impago de la renta o de los suministros correspondientes, se hará una reclamación extrajudicial mediante un burofax para que quede constancia.
  • Si la reclamación extrajudicial no ha surtido efecto, se presentará una demanda de desahucio en la que además debemos reclamar los gastos o perjuicios ocurridos.
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¿Cómo actuar ante inquilinos molestos o conflictivos?

Es recomendable comenzar por el diálogo amistoso en el que se exponga de forma clara el problema a abordar. Además, es importante definir cómo resolver el asunto para evitar malentendidos.

En el caso de no llegar a un acuerdo amistoso entre ambas partes puede hacerse un aviso mediante burofax. Se recomienda documentar las reclamaciones.

Si no existe un acuerdo entre el arrendador y arrendatario se podrán tomar las acciones legales oportunas.

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Si no sabes cómo abordar la situación complicada en la que te encuentras con los inquilinos de tu inmueble, contacta con nosotros. En Grupo onLygal contamos con un equipo de abogados profesionales que podrán ayudarte a resolver tu problema de forma eficaz y en el menor tiempo posible.

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