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Impuestos alquiler vivienda: ¿quién los paga?

Publicado en: 08 junio 22,

Modificado en: 15 enero 24

Seguro de Impago de Alquiler

Todas las viviendas cuentan con una serie de impuestos que deben ser abonados. Sin embargo, en muchas ocasiones, se desconoce tanto la existencia de estos impuestos como quién debe hacerse cargo de ellos en caso de que la vivienda se encuentre alquilada. En este artículo resolvemos todas las dudas al respecto.

Impuestos alquiler vivienda: ¿cuáles son?

Todas las viviendas cuentan con 3 tipos de impuestos que se deben pagar cuando se encuentra alquilada y son los siguientes:

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)

El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP) es un impuesto que se paga cuando se realiza la compraventa tanto de bienes muebles como de bienes inmuebles. Este impuesto se grava de 3 maneras diferentes:

  • Transmisiones patrimoniales onerosas: impuesto de entre 4% y un 10%.
  • Operaciones societarias: impuesto del 1%.
  • Actos jurídicos documentados: impuesto de entre 0,5% y 1,5%.

La ley tributaria califica como adquisición onerosa que una persona esté viviendo de alquiler, por lo que también habrá que pagar este impuesto.

Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)

El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa anual obligatoria para los propietarios de las viviendas que grava su titularidad, usufructo, superficie y concesión administrativa. Se calcula teniendo en cuenta dos valores principales:

  • Valor catastral: se consulta en la web del Catastro. Se calcula teniendo en cuenta variables como la antigüedad, la ubicación, el estado de conservación, etc., y no debe superar el 50% del valor del mercado de la propiedad.
  • Porcentaje sobre el valor catastral: actualmente, el IBI a pagar está entre el 0,4% y el 1,3% del valor catastral, tal y como ha sido establecido por el gobierno. Sin embargo, serán los ayuntamientos los que decidan qué coeficiente aplicar dentro del municipio.

Este impuesto se abona de manera anual con independencia de si la vivienda se encuentra o no arrendada o si se dedica a cualquier otro uso.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es una cuantía que la Agencia Tributaria recoge de nuestra nómina u otras rentas estimando lo que en un futuro se le tendrá que pagar cuando se realice la declaración de la renta. El IRPF afecta a los rendimientos de trabajo por cuenta propia o ajena, a las pérdidas o ganancias patrimoniales y a las imputaciones de renta (rentas inmobiliarias, cesión de derechos de imagen, etc.).

A la hora de pagar impuestos, los ingresos que se hayan obtenido debido al alquiler de un inmueble deben ser tributados como rendimientos de capital inmobiliario.

¿Quién paga los impuestos de alquiler de una vivienda?

El ITP lo paga el inquilino una sola vez durante los 30 días posteriores a la firma del contrato. Al tratarse de un impuesto autonómico, será cada Comunidad Autónoma quién establezca el tipo de interés aplicable y, para realizar dicho pago, habrá que cubrir el Modelo 600 dispuesto por la Agencia Tributaria.

El IBI y el IRPF corren los dos a cargo del propietario.

Impuesto

Responsable

ITP

Inquilino

IBI

Propietario

IRPF

Propietario

Estar al corriente de pago con los impuestos es fundamental para tener tranquilidad durante el transcurso del alquiler de la vivienda y, sobre todo, para no tener problemas legales y fiscales. Los impuestos mencionados en este artículo pueden no aplicar o variar en Comunidades Autónomas con derecho foral. En onLygal Seguros somos expertos en propietarios y por eso queremos ayudarte a que vivas sin preocupaciones. Para ello, ponemos a tu disposición nuestro seguro de impago de alquiler para propietarios que te aportará seguridad y te protegerá ante posibles imprevistos. ¿Hablamos?

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