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Contrato de arrendamiento de temporada: contenido básico

Publicado en: 28 septiembre 18,

Modificado en: 25 marzo 24

Seguro de Impago de Alquiler

En el caso en que tengas un apartamento en la playa o en la ciudad y quieras obtener una rentabilidad, es probable que te hayas propuesto alquilarlo. Es importante que conozcas la normativa que se aplica a un contrato de arrendamiento de temporada y los aspectos que puedes acordar con el inquilino para evitar problemas.

 

¿Qué normativa se aplica al contrato de arrendamiento de temporada?

La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece claramente que los arrendamientos de temporada se consideran arrendamientos para uso distinto al de vivienda y, por lo tanto, se les aplicará: lo que pacten inquilino y propietario, en primer lugar, si no hay un pacto se aplica la LAU en segundo lugar, y, en tercer lugar, se aplica el Código Civil.

 

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Sin embargo, cuando se trata de la cesión de una vivienda amueblada y equipada para su uso inmediato y que ha sido comercializada o promocionada en canales de oferta turística con la finalidad de obtener un beneficio, se somete a un régimen específico que dependerá de cada comunidad autónoma y a veces de cada localidad.

 

¿Cuál es el contenido básico del contrato de arrendamiento de temporada?

Antes de entrar al contenido básico no podemos olvidar que se debe indicar que se trata de un arrendamiento de temporada y que no es la vivienda habitual del inquilino.

Los aspectos que se deben acordar son los siguientes:

  • Duración. Generalmente suelen ser días o meses, por lo que se tendrá que especificar claramente y fijar la fecha de finalización del contrato. También es importante que se regule qué ocurre si el inquilino resuelve el contrato antes de tiempo. Se puede incluir, por ejemplo, que no se le devolverá el importe de alquiler que haya pagado.
  • Precio alquiler. Es el importe que el inquilino te pagará por el alquiler. El pago puede realizarse en función de lo que acuerden el inquilino y el propietario. En muchos casos se acuerda el pago de la totalidad del alquiler por adelantado.
  • Garantías. La fianza legal, al tratarse de un arrendamiento para uso distinto al de vivienda, es de dos meses de renta. Adicionalmente, se pueden acordar garantías adicionales como un aval bancario, un depósito en efectivo (cantidad de dinero que el inquilino entrega al propietario en garantía del cumplimiento del contrato) y afianzamiento de otra persona (es decir, una tercera persona firma el contrato como avalista).
  • Muebles. Si la vivienda se alquila con muebles debe hacerse un listado con cada mueble y adjuntarse al contrato. Además, se puede hacer un reportaje fotográfico tanto de los muebles como de la vivienda en sí, para que quede la prueba del estado.
  • Cesión o subarriendo. Se suele regular que están prohibidos, por lo que si el inquilino cede el contrato o subarrienda todo o parte de la vivienda, estará incumpliendo el contrato y será causa de resolución del mismo.

El contrato de arrendamiento de temporada es cada vez más habitual en el mercado de vivienda por lo que si quieres utilizarlo, lo más aconsejable es que consultes tus derechos y obligaciones con un abogado especializado en temas inmobiliarios.

 

 

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