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Contrato de arras: ¿qué pasa si el banco ha paralizado mi hipoteca?

Publicado en: 22 octubre 18,

Modificado en: 17 enero 24

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Ante la incertidumbre jurídica que ha causado la recién rectificación de jurisprudencia por parte del Tribunal Supremo, los bancos han suspendido temporalmente la firma de aquellas hipotecas con flecos por negociar.  El Tribunal Supremo en su sentencia del 16/10/2018 señala que quien debe abonar el impuesto sobre actos jurídicos documentados en las escrituras públicas de las hipotecas son las entidades y no los clientes.

Y ahora que el banco ha paralizado la firma de las hipotecas, nos planteamos ¿qué sucede con mi contrato de arras?

Pongamos por ejemplo el caso que estás obligado por contrato a la firma en X tiempo de una compraventa y si se cumple este plazo sin que se haya firmado conlleva la pérdida de las arras y la vivienda a comprar, pero en este caso la culpa no es tuya como comprador.

¿Qué sucede entonces?

  • Si se ha previsto en el contrato de arras que en el caso que no se pueda firmar la compraventa por algún hecho externo como comprador o por una causa imputable a la entidad bancaria, sólo deberías renegociar los plazos de la compraventa de nuevo con los vendedores.
  • En caso que no se haya previsto en el contrato de arras que por causas ajenas no se penaliza, y estás en peligro de perder las arras y la vivienda, se recomienda efectuar una renegociación de las arras alargando el plazo para la compraventa y haciendo hincapié a la situación excepcional. Y en el caso de no ser posible efectuar dicha negociación, iniciar una reclamación contra el banco por los daños y perjuicios ocasionados
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