Es posible que haya más de un edificio terminal en su aeropuerto. En este caso, asegúrese del terminal por el que sale su vuelo, consultando el billete o preguntando en la oficina que lo ha expedido a qué edificio terminal tiene que dirigirse. Tenga en cuenta también que puede haber ciudades con varios aeropuertos.
Le recomendamos que tan pronto llegue al aeropuerto, se dirija a los mostradores de facturación, aunque no lleve equipaje, a fin de que, previa presentación del billete, le sea entregada la tarjeta de embarque. En ese momento se entiende que la compañÃa le ha aceptado a usted como pasajero y tiene plaza en el avión.
La "hora lÃmite de aceptación del vuelo" es el tiempo mÃnimo de antelación a la hora programada de salida, en el que el pasajero debe haber sido admitido al vuelo, tener facturado su equipaje y estar en posesión de la tarjeta de embarque. Las compañÃas aéreas no incurren en responsabilidad alguna por la no aceptación del pasajero cuando éste se presente en los mostradores de facturación pasada la hora lÃmite de aceptación del vuelo.
El pasajero deberá presentarse en los mostradores de facturación con la antelación indicada previamente por escrito (inclusive por medios electrónicos) por el transportista aéreo, el operador turÃstico o un agente de viajes autorizado, y en el caso de no haber indicación alguna, al menos 45 minutos antes de la hora de salida anunciada del vuelo.
Algunas compañÃas aéreas pueden establecer otros lÃmites, por lo que es importante que se informe con antelación suficiente.
Los vuelos a determinados destinos internacionales requieren una antelación superior de presentación al embarque debido a mayores medidas de seguridad. Consulte con su compañÃa.
Por tanto, tenga en cuenta el tiempo de facturación, asà como los trámites de PolicÃa y controles de seguridad, muy especialmente en los periodos vacacionales, cuando se incrementa el tráfico en los aeropuertos. Asimismo, calcule un tiempo adicional para el transporte ciudad-aeropuerto, teniendo en cuenta las posibles dificultades de acceso al mismo. Las mismas recomendaciones le hacemos en el caso de que vaya a efectuar enlaces o conexiones.
Por razones de seguridad puede haber controles más frecuentes y exhaustivos en los aeropuertos, tanto de los pasajeros como de su equipaje de mano o facturado, por lo que es aconsejable que tenga su billete, la tarjeta de embarque y su documentación de identidad a mano, y que se informe y respete los tiempos de embarque establecidos por la compañÃa.
No tema llegar al aeropuerto demasiado pronto, ya que en la zona de pasajeros podrá utilizar las instalaciones destinadas a hacerle más cómodo su viaje: servicios de cafeterÃa y restaurante, tiendas de artÃculos libres de impuestos (zona internacional), cambio de moneda, quioscos de prensa y libros, peluquerÃa, etc.
Tenga en cuenta la necesidad de llevar su documentación personal de identidad adecuada para el viaje que vaya a realizar. Normalmente bastará el D.N.I. en los vuelos nacionales y comunitarios (zona Schengen) y el pasaporte para otros vuelos internacionales. En determinados paÃses exigen la presentación de otros documentos para entrar en su territorio, tales como visado y certificados de sanidad.
Le recomendamos que consulte en su agencia de viajes o en la compañÃa aérea qué documentos va a necesitar. En todo caso, la embajada o consulado del paÃs al que usted desea viajar le informará de la documentación precisa para su viaje
En el caso de que el viajero sea menor de edad, asegúrese de que lleva también la documentación de identidad necesaria.
La falta de la documentación exigida para su destino puede ocasionar la denegación de embarque.
De acuerdo con la normativa vigente en España (Orden EHA/1439/2006, de 3 de mayo), la salida del territorio nacional de moneda metálica, billetes de banco y cheques bancarios al portador es libre, debiendo, no obstante, hacer declaración cuando su importe sea superior a 10.000 euros por persona y viaje.