Derechos del automovilista

Recogemos a continuación las pautas para resolver con rapidez y agilidad las gestiones más frecuentes relacionadas con la legalidad del mundo automóvil.

Recuerde que DAS es su seguro defensor y siempre tendrá a su lado los mejores profesionales que le conducirán para que sus derechos e intereses como automovilistas sean siempre respetados.

¿Qué hago?

  • ¡NO DISCUTA! Mantenga la calma.
  • Auxilie a los lesionados, si los hay, procurando no moverlos.
  • Aclare la culpabilidad del accidente.
  • Si no llegan a ningún acuerdo sobre la responsabilidad del accidente,llame a la Policía para que Atestados haga un parte de los hechos y localice posibles testigos.
  • Si hay acuerdo en la interpretación de los hechos, aparque donde no estorbe y rellene la Declaración Amistosa de Accidente (DAA) que le da su Compañía o, en su defecto, anote los datos en cualquier papel.

¿Qué datos necesito?

Datos que debe recoger en la DAA:

  • Los de todos los implicados (en especial del culpable):
    • Matrícula
    • Nombre, dirección y Teléfono
    • Compañía de Seguros y número de Póliza
  • La fecha, hora, lugar, daños y descripción de los hechos y sus circunstancias. Observe "in situ" todas las que puedan servirle para su defensa, incluso testigos (con dirección y teléfonos para su localización) y fotos.
  • Si interviene la patrulla, averigüe qué Delegación de Tráfico tramitará el Atestado.

Dolencias físicas

Si Vd. o sus acompañantes notaran - en el acto o días después- algún malestar físico a raíz del accidente, háganse reconocer en un Centro Médico indicando la causa y pida un Parte del facultativo para una eventual reclamación.

¿Dónde hay que ir?

  • Dé siempre Parte de Siniestro a su Compañía aunque no tenga daños (máximo plazo de 7 días).
  • Si hay lesiones comuníquelo también a DAS inmediatamente.
  • Si sólo hay daños materiales, comuníquelo a DAS cuando no tenga culpa, para que DAS reclame por Vd.

¿Qué hago?

  • Haga constar en la Declaración Amistosa de Accidentes (DAA) todos los daños materiales (del coche y de objetos personales), así como las lesiones (si las hubiere).
  • Entregue la DAA a la Compañía Aseguradora.
  • Conviene que se perite el vehículo por su Compañía o por la del contrario (salvo casos de reparaciones de emergencia: lunas, faros, etc). Si no fuera posible haga foto de los daños y solicite factura detallada de la reparación.
  • Verifique la reparación en el taller antes de firmar su conformidad.

¿Dónde hay que ir?

  • Declaración Amistosa de Accidente.
  • Parte Médico de Lesiones.
  • Factura de Reparación.
  • Factura de objetos personales dañados.

¿Que documentación necesito?

  • Centro Médico, si hay lesiones: conserve el Parte de Asistencia Médica y, en su caso, los informes médicos que le entreguen.
  • Compañía Aseguradora para entregar la DAA.
  • Taller.

¿Cuándo prescriben las reclamaciones judiciales?

  • Las Denuncias por lesiones prescriben a los seis meses: hay que presentarla antes de que transcurran.
  • Las Demandas civiles por daños prescriben al año.

¿Qué hago?

  • Si no puede circular llame al Servicio de Asistencia en viaje, y compruebe que la grúa es la de la Compañía.
  • Si es otra grúa pregunte el precio del servicio antes de usarlo.
  • Averigüe el tiempo de reparación y si hay servicio de vehículo de cortesía o sustitución.
  • Los talleres no pueden efectuar ninguna reparación en un vehículo sin que el usuario haya firmado el presupuesto. Si aparecen averías ocultas deberá notificarlo al cliente y obtener su autorización.
  • La garantía de reparación de los vehículos cubre la totalidad del coste y no puede se inferior a 3 meses o a 2.000 kms.

¿Dónde hay que ir?

  • Solicite presupuesto antes del servicio.
  • Solicite Factura al final del mismo.

¿Que documentación necesito?

  • A un Taller Oficial.

¿Qué hago?

  • Si se notifica en el acto: Conserve el Boletín de denuncia (el hecho de firmarla no indica conformidad). Anote los datos que puedan servirle de descargo (fotos y testigos si cabe).
  • Si se notifica por correo: Recójala, conserve el sobre y ponga la fecha de recepción.
  • En la misma notificación le indican los Recursos que puede interponer en defensa de sus derechos, ante quién y en qué plazo.
  • En el recurso señale el expediente de la multa, sus datos (nombre, NIF, domicilio, matrícula), los motivos en que se basa (desacuerdo con los hechos o circunstancias de la denuncia, con el importe, defectos de forma, etc. ...), lo que solicita, la fecha y la firma.
  • Si tiene pruebas que avalan su versión, adjúntelas al escrito.

¿Dónde hay que ir?

  • Presente el Escrito ante el Organismo que indica la misma multa, junto con una copia para que se la sellen. Así tendrá constancia de que lo ha entregado dentro del plazo.
  • Se puede entregar en el mismo Organismo Público, por correo certificado o en la Delegación o Subdelegación del Gobierno (antiguos Gobiernos Civiles).

¿Que documentación necesito?

  • Acompañe el recurso con las pruebas que disponga.
  • Quédese copia de todos los escritos que presente.
  • Conserve siempre los originales de los documentos: entregue las fotocopias, guardando el original para cotejarlos.
  • Permiso de conducir.
  • Permiso de Circulación y Tarjeta de Inspección Técnica.
  • Certificado Internacional del Seguro y Recibo vigente.
  • Dos triángulos homologados de señalización.
  • Una rueda de repuesto.
  • Un juego de lámparas.
  • Las herramientas precisas para tales recambios.
  • Conductores noveles: la señal correspondiente ("L").
  • Conductores inválidos: la señal correspondiente.
  • Conductores con defectos de visión: lentes de repuesto
acceso mediadores
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